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Publican normas operativas de actividades académicas del COFAA-IPN

A través del COFAA-IPN se busca impulsar los donativos para actividades académicas. Foto
A través del COFAA-IPN se busca impulsar los donativos para actividades académicas. Foto @IPN_MX
19 de mayo de 2025 16:19

Ciudad de México. El Instituto Politécnico Nacional (IPN) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los acuerdos para dar a conocer las normas operativas de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del IPN (COFAA-IPN), organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios que apoya técnica y económicamente al Politécnico. 

Durante la Primera Sesión Ordinaria 2025 de la Junta Directiva de la COFAA-IPNE, realizada el 14 de marzo, se establecieron los reglamentos del Sistema de Becas por Exclusividad para el Personal Académico (SIBE) y de apoyos económicos, el código de conducta, protocolo para la administración de cuentas de correo electrónico institucional y los lineamientos para la cancelación de adeudos a cargo de terceros a favor de la COFAA-IPN. 

En el reglamento de apoyos económicos establece que la COFAA busca fomentar las actividades académicas del Instituto, a través de la captación de donativos del sector público, privado y social, para la dotación de equipo especializado de vanguardia y para el mantenimiento de sus instalaciones, así como otorgar becas y apoyos económicos a docentes, investigadores y alumnos.

Este reglamento describe el comité de apoyos económicos, autoridad facultada para revisar, dictaminar, difundir, promover y gestionar las convocatorias. 

En tanto, el reglamento del sistema de becas por exclusividad para el personal académico (Sibe), establece que la vigencia de beca para los docentes beneficiados será del 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025, quienes estarán sujetos a las obligaciones de conformidad con el artículo 63 del presente Reglamento, entre las que destacan dedicarse de tiempo completo y exclusivo al IPN y no tener compromisos laborales con ninguna otra institución. 

En el código de conducta se establece que éste no pretende interferir en las conciencias ni en la moralidad individual de los trabajadores, sino en establecer reglas básicas de convivencia necesarias para el buen funcionamiento de la organización. 

Contiene nueve puntos que incluyen valores de eficiencia, eficacia, disciplina, profesionalismo, rendición de cuentas, legalidad, objetividad, entre otros. Uno de ellos dice “atiendo en tiempo y forma los requerimientos de información que me correspondan acorde a mi cargo”. 

Mientras que el protocolo para la Administración de Cuentas de Correo Electrónico Institucional tiene como finalidad mantener la confidencialidad como uno de los principios fundamentales en el procedimiento de integración, ademas, toda acción ejecutada mediante este correo es responsabilidad directa del usuario.

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