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Ordena INE a morenistas suspender participaciones en Radio Fórmula

César Cravioto, candidato a diputado federal por la coalición Sigamos Haciendo Historia, es uno de los perfiles que deberán limitar sus participaciones en medios de comunicación. Foto Cristina Rodríguez/Archivo
César Cravioto, candidato a diputado federal por la coalición Sigamos Haciendo Historia, es uno de los perfiles que deberán limitar sus participaciones en medios de comunicación. Foto Cristina Rodríguez/Archivo
26 de mayo de 2024 19:42

Ciudad de México. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a César Cravioto, candidato a diputado federal; a Citlali Hernández, aspirante al Senado, y a Antonio Attolini, candidato a diputado local de Coahuila, postulados por Morena; así como a Gerardo Fernández Noroña, aspirante a senador por el PT, suspendan sus intervenciones en diversos programas de Radio Fórmula al advertirse de manera preliminar una sobreexposición que vulneraría la equidad en la contienda.

Las candidaturas fueron denunciadas por el PAN, PRD y PRI por la presunta adquisición de tiempo en radio, derivado de su colaboración periódica en diversos programas.

Al respecto, el consejero electoral Arturo Castillo señaló que lo aprobado, por unanimidad, es consistente con los precedentes de esta comisión, además de que es un criterio reiterado que existe en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La constitución, agregó, dice que los partidos políticos y los candidatos en ningún momento podrán contratar o adquirir por sí o por terceras personas tiempos en cualquier modalidad en radio y televisión.

En este sentido, también pidió que en el proyecto se dejara en claro que con lo resuelto se evita “la conducta potencialmente infractora que es la participación regular en espacios radiodifundidos, no así las entrevistas que se puedan presentar de manera espontánea o aislada. En modo alguno esta Comisión de Quejas y Denuncias, creo yo, podría prohibir las entrevistas por sí mismas, esto es parte de la libertad periodística, del derecho a la información del electorado”.

Respecto a la solicitud de los partidos de oposición de la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, se consideró improcedente al tratarse de hechos futuros de realización incierta; mientras que, por lo que hace al supuesto fraude a la ley, la Comisión precisó que corresponderá a la Sala Regional Especializada del TEPJF eln pronunciamiento respectivo al realizar el análisis de fondo del asunto.

En otro asunto, el PAN presentó dos denuncias en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y la vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, derivado de las expresiones realizadas en la ceremonia del Día de la Maestra y del Maestro, el 15 de mayo pasado, y en las conferencias matutinas del 20 y 21 del mismo mes.

Las dos quejas, en las que se solicitaba el dictado de medidas cautelares, se determinó su improcedencia porque ya habían sido eliminadas de las plataformas del gobierno. No obstante, para el caso de la ceremonia del 15 de mayo, sí se resolvió que bajo una óptica preliminar el presidente realizó manifestaciones que podrían constituir difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido al aludir a obras o acciones de gobierno.

La Comisión, que preside la consejera Claudia Zavala, también ordenó a Wilfrido Ibarra Escobar, Robespierre Lizárraga Otero, Jesús Madueña Molina, Álvaro Aragón Ayala, José Luis López Duarte, de Radio Universidad de Sinaloa, cumplir con los principios constitucionales de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral.

Lo anterior, debido a que en diversas emisiones del programa “Punto Universitario, Mesa de análisis" de la Universidad Autónoma de Sinaloa, realizaron expresiones que pudieran afectar dichos principios.

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