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Emite CNDH recomendación al IMSS por recién nacida fallecida en BC

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La CNDH recomendó al IMSS que colabore ampliamente ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en la inscripción de la víctima y sus familiares en el Registro Nacional correspondiente, para que proceda a la inmediata reparación integral del daño. Foto Cuartoscuro/ Archivo
11 de abril de 2024 15:54

Ciudad de México. Tras comprobar que personal médico del Hospital General de sub zona número 38 (HGSZ-38) en San José del Cabo, Baja California Sur, omitió acciones para la prevención de infecciones en el tratamiento de una recién nacida, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 37/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En la queja, presentada el 11 de enero de 2023, se refiere que la víctima nació el 22 de
diciembre de 2022 en el HGSZ-38 y a la semana de edad, mostró coloración amarillenta en la piel por lo que la llevaron de nuevo al nosocomio mencionado, donde le detectaron niveles altos de bilirrubina, por lo que fue internada y sometida a tratamiento de fototerapia.

Sin embargo, al intentar canalizarla, la lastimaron en el pie derecho y, tras proporcionarle la atención correspondiente, la dieron de alta ese día.

Al día siguiente, los padres se percataron de que el pie de la víctima estaba infectado y que presentaba una bola en su espalda, por lo que la llevaron con un médico particular, quien la valoró y les indicó que regresaran al HGSZ-38, donde fue hospitalizada pese a no contar con personal de pediatría ni personal que le practicara un ultrasonido.

El 8 de enero la enviaron al Hospital General de sub zona número 26 del IMSS, en Cabo San Lucas, donde la diagnosticaron con neumonía, misma que se complicó por el cuadro infeccioso que presentaba en el pie, por lo que requería plaquetas y ser enviada a un hospital de La Paz; no obstante cuando pretendían trasladarla, falleció por un paro cardiorrespiratorio.

A partir de estos hechos, se inició el expediente de queja y se solicitó información al IMSS. El análisis de las evidencias indicó que a la víctima se le brindó una inadecuada atención médica en el servicio de Urgencias del HGSZ-38, ya que se omitieron acciones asociadas a la atención de su salud, que desencadenaron una infección de focos múltiples, a lo cual se sumó la dilación en el diagnóstico y en su traslado a una unidad médica con mayor capacidad de resolución, lo que agravó su estado de salud y derivó en su fallecimiento.

Con base en esos hechos, la CNDH recomendó al IMSS que colabore ampliamente ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en la inscripción de la víctima y sus familiares en el Registro Nacional correspondiente, para que proceda a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación, así como la atención psicológica y tanatológica que requieran.

También, deberá colaborar ampliamente con el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS, en el seguimiento de la vista administrativa que esta CNDH presente en contra de las 11 personas servidoras públicas implicadas en los hechos, para que se realice la investigación respectiva y se resuelva lo que conforme a derecho proceda.

Igualmente, el IMSS deberá colaborar ampliamente con la autoridad investigadora en el trámite y seguimiento de la carpeta de Investigación que actualmente se integra en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de homicidio culposo con la agravante de responsabilidad profesional, en contra de quien o de quienes resulten responsables por los hechos probablemente constitutivos de delito cometidos durante la atención médica proporcionada a la víctima.

Además, se le recomendó impartir capacitación acerca del derecho de protección a la salud con énfasis en el principio del interés superior de la niñez, así como la debida observancia y contenido de las Normas Oficiales Mexicanas y las Guías de Práctica Clínica aplicables a casos como el descrito, con perspectiva de derechos humanos, dirigido al personal médico y de enfermería de los servicios de Urgencias y Pediatrías del HGSZ-38.

En el mismo sentido,deberá emitir una circular dirigida al personal mencionado, que contenga las medidas adecuadas de prevención y supervisión, con la finalidad de satisfacer los manejos médicos, así como la debida integración del expediente clínico.

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