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Pide SAT a personas físicas cumplir con obligaciones fiscales

Oficinas del SAT en la Ciudad de México. Foto Pablo Ramos / Archivo
Oficinas del SAT en la Ciudad de México. Foto Pablo Ramos / Archivo
08 de enero de 2024 13:29

Ciudad de México. Con el fin de que el padrón de contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) siga ampliándose, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a las personas físicas a cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda dicho régimen.

Tales como tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento, por ejemplo, mencionó la dependencia encargada de la recaudación fiscal; otro beneficio es el cálculo automático de impuestos; simplificación de precarga de información en las declaraciones.

Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente. El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz. Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

“Por lo anterior, se les recuerda que para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deben estar activos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Estar al corriente con sus obligaciones fiscales. No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación. Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual. Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año. Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Además, destacó el SAT, las personas físicas que residan en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país; cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR o sean socios o accionistas de personas morales, así como aquellos que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados, no podrán tributar en los términos de este régimen.

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