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Exhibe Rodríguez Bucio a jueces que favorecieron a presuntos delincuentes

28 de noviembre de 2023 08:07

Ciudad de México. El subsecretario de Seguridad Pública, Luis Rodríguez Bucio, exhibió este martes a tres jueces que con sus fallos favorecieron a presuntos delincuentes.

En la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, celebrada en Palacio Nacional, Rodríguez Bucio señaló en primer lugar al juez Décimo de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, Jorge Antonio Medina Gaona, quien otorgó un amparo a Lucía Collado, hermana de Juan Collado, quien fuera abogado de confianza del ex presidente Enrique Peña Nieto y quien enfrenta procesos penales acusado de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

El amparo otorgado por el juez protege a la hermana de Collado ante una posible orden de aprehensión, detención, búsqueda y localización en su contra.

Rodríguez Bucio se refirió también a la juez Ana Lilia Osorno Arroyo, quien determinó que es improcedente la acción de extinción de dominio que la Fiscalía General de la República (FGR) pretendía realizar contra la residencia del ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, ubicada en el poniente de la Ciudad de México, valuada en 38 millones de pesos.

El subsecretario reafirmó que “esta resolución será apelada por la FGR ante el inaceptable criterio de la juez”, que, aseguró, es contrario a la ley.

Por último, el funcionario exhibió a la juez Cuarta de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, María del Carmen Sánchez Cisneros, quien otorgó un amparo a Néstor Isidro Pérez Salas, alias El Nini, para frenar su extradición a Estados Unidos.

El Nini, señalado de ser jefe de seguridad el cártel de Sinaloa, encabezado por los hijos de Joaquín El Chapo Guzmán, fue detenido la semana pasada por autoridades mexicanas y es reclamado por las autoridades de Estados Unidos que lo consideran una pieza clave en el tráfico de drogas a su territorio.

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Destaca la homologación del tipo penal en los 32 estados del país. Se ha impulsado la modificación del artículo 260 del Código Penal Federal para ampliar la definición de esta práctica y establecer sanciones penales de 3 a 7 años de cárcel.

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