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Contribuyentes pueden registrar hasta cinco email ante el SAT, avala la Corte

Oficina del SAT en la capital del país. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
Oficina del SAT en la capital del país. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
04 de agosto de 2022 13:45

Los contribuyentes pueden registrar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hasta cinco direcciones diferentes de correo electrónico para recibir los avisos de notificación del buzón tributario, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al determinar que esta disposición no es contraria al Código Fiscal de la Federación (CFF).

La segunda sala del máximo tribunal tomó esta determinación al resolver la contradicción de tesis 336/2021, que se originó debido a fallos contradictorios dictados sobre este tema, por diferentes tribunales federales, lo que hizo necesaria la intervención de la SCJN para dictar el criterio definitivo que se debe aplicar en estos casos.

El criterio aprobado señala que “la Regla 2. 2.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015, así como las reglas 2.2.7 vigentes en 2016 y 2017 respectivamente, no transgreden lo dispuesto en el último párrafo del artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación por el hecho de que establezcan, para elegir el mecanismo de comunicación a efecto de recibir el aviso de notificación por buzón tributario, que a los contribuyentes ingresarán uno y máximo 5 direcciones de correo electrónico.”

Los ministros de la Segunda Sala coincidieron en señalar que el CFF da a los contribuyentes la posibilidad de elegir el medio de comunicación que prefiera para recibir los avisos del SAT, sin importar que en todos los casos se trate del correo electrónico, con direcciones diferentes.

“De esta manera, se cumple con la finalidad de que el contribuyente conozca con mayor eficiencia los avisos de la autoridad hacendaria, pues le permite interactuar con la información en tiempo real vía electrónica, lo que genera eficiencia, así como ahorro de tiempo y dinero”, señala el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, que fue aprobado por unanimidad.

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