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Editorial/ INE y TEPJF cargan los dados

Sede del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto tomada del Twitter de @TEPJF_informa / archivo
Sede del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. Foto tomada del Twitter de @TEPJF_informa / archivo
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29 de abril de 2021 13:23

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el martes la cancelación de las candidaturas de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón, abanderados de Morena a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, por incumplir en la entrega de los informes de gastos de precampaña. Según el fallo, el guerrerense actuó de manera dolosa y deliberada para obstaculizar la función fiscalizadora del Instituto Nacional Electoral (INE) al negar su calidad de precandidato y no reportar actos de proselitismo, mientras el michoacano habría incurrido en conducta dolosa al entregar su informe cuando el INE ya había concluido la revisión de los reportes de gastos de precampaña.

Las resoluciones emitidas por el TEPJF –en decisiones de seis a uno y cinco a dos, respectivamente– contradicen sus propias decisiones previas, en las cuales el tribunal había instruido al INE ponderar la conducta a partir de una diversidad de criterios para imponer otra pena reclasificando la conducta, de manera que la sanción correspondiera con la gravedad de la falta y además respetara los derechos políticos de los implicados. Como señaló el magistrado presidente, José Luis Vargas, en vez de acatar dicho fallo, el INE y ahora el tribunal actuaron contra el principio pro homine al elevar la categoría de la falta (de culposa a dolosa) sin que mediaran pruebas que lo justificaran. Es decir, que ante los recursos de revisión interpuestos por los afectados hubo un ensañamiento en la sanción.

Nadie pone en duda que es deber de todos los actores políticos ceñir su actuación a los términos de la ley, pero es igualmente cierto que ésta cuenta con criterios de aplicación para evitar su uso discrecional y faccioso. En este caso, el fallo tiene todos los visos de un procedimiento no legal, sino legaloide, pues se incurrió en evidentes violaciones a la equidad y la imparcialidad al ignorar una sentencia anterior, agravar sin motivo la categoría de la falta y, para colmo, imponer a los candidatos de un partido una sanción más severa que la establecida para otros aspirantes que cometieron la misma falta.

Las consecuencias de estas resoluciones trascienden ampliamente la suerte política de los candidatos involucrados. Lo más preocupante es que reditan el escenario configurado en 2005 con el desafuero de Andrés Manuel López Obrador: mediante un pretexto jurídico menor, se buscó entonces sacar de la contienda a un aspirante con claras posibilidades de ganar los comicios. Y, al igual que entonces, se incurre ahora en una distorsión prelectoral de la voluntad popular, en la que las elecciones y su resultado se encuentran alterados en contra de uno de los partidos incluso antes de que los ciudadanos expresen sus preferencias en las urnas.

Es difícil calibrar en lo inmediato la gravedad de la crisis de credibilidad y legitimidad que han desatado en sus propias instituciones las mayorías de los órganos de gobierno del INE y del TEPJF, así como las consecuencias de tal extravío cuando se encuentra en curso un proceso crucial para el futuro de México; lo que no puede ocultarse es que ambos organismos han cargado los dados de la elección y han propinado con ello un duro golpe a la democracia en el país.

 
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