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'Consterna' a Semarnat que la Corte avale Ley Minera

En la zona minera de Santo Tomás Apipilhuasco, en el Estado de México. Foto Cuartoscuro / Archivo
En la zona minera de Santo Tomás Apipilhuasco, en el Estado de México. Foto Cuartoscuro / Archivo
16 de enero de 2021 10:17

Ciudad de México. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) expresó su consternación por el aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la Ley Minera que negó el amparo interpuesto por el pueblo indígena maseual, toda vez que la legislación referida establece actos de autoridad que podrían afectar a las comunidades y a los ecosistemas en los que se encuentran asentados.

La Semarnat manifiesta su preocupación por el resolutivo que niega conceder el amparo a los pobladores asentados en la Sierra Norte de Puebla que demandaba la inconstitucionalidad de diversos artículos que regulan el sistema de concesiones de la Ley Minera, ya que no consideran el deber de consultar a los pueblos originarios cuando puedan afectarse sus derechos e intereses, sostuvo la dependencia en un comunicado.

La SCJN resolvió el miércoles pasado negar la protección de la ley a la comunidad maseual y aprobó el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que rechazó los argumentos de los habitantes de Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan del Progreso.

De acuerdo con la dependencia que encabeza María Luisa Albores, la legislación relativa a la industria extractiva establece actos de autoridad que podrían afectar a los pueblos y comunidades indígenas, así como el hábitat y ecosistemas en los que se encuentran asentados, lo cual contraviene al artículo 2 constitucional y el Convenio 169 dela Organización Internacional del Trabajo, ratificado por México.

Además, el derecho a la consulta a los pueblos indígenas está reconocido por el derecho internacional, así como por el marco constitucional que avala el artículo 1 de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.

De tal forma que las leyes que emanan de la Constitución deben estar apegadas a este marco. En caso contrario, por lógica jurídica, la Ley Minera debe considerarse inconstitucional.

En este sentido, al haber declarado lo contrario en su resolución, la dependencia no comparte el criterio expresado el miércoles pasado por la segunda sala del máximo tribunal de la nación, aunque se dijo respetuosa del trabajo judicial y de la división de poderes en México.

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