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Líderes indígenas y ONG piden invalidar la Ley minera

En la zona de Cuetzalan del Progreso, Puebla, hay 103 concesiones mineras. Foto CNDH
En la zona de Cuetzalan del Progreso, Puebla, hay 103 concesiones mineras. Foto CNDH
02 de julio de 2020 12:53

Ciudad de México. Representantes de pueblos indígenas y organizaciones de la sociedad civil internacionales, han presentado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación argumentos técnicas, bajo la figura de Amicus curiae, para que se declare inconstitucional la Ley minera. Entre los puntos cuestionables están la ausencia de consulta a las comunidades, en particular en el caso de la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, señalaron.

En esa zona hay 103 concesiones mineras, en el 18 por ciento del territorio, pero son tres títulos entregados en 1998 los que afectan directamente a las comunidades. Tienen vigencia de 50 años, se pueden refrendar por otro periodo similar, explicó Ximena Ramos del Centro Mexicano de Derecho ambiental

La Segunda Sala de la SCJN tiene el litigio emprendido por el Consejo Masewal Altepetajpianij y el Cemda en contra de la legislación. El proyecto de resolución a cargo del Ministro Javier Laynez Potisek, que iba a ser votado fue retirado hace unas semanas, afirmaba que “el contenido de la Ley Minera no se vincula directamente con los intereses y derechos de los grupos indígenas involucrados”.

Ramos también cuestionó que la minería es considerada en el país de utilidad pública, por lo que cuando un juez hace un balance entre los derechos, se va por el interés público, aunque las actividades sean contra los intereses de los pueblos.

En videoconferencia, Ofelio Julián Hernández, miembro del Consejo Masewal Altepetajpianijl dijo que en la región se buscaba realizar minería a cielo abierto, lo cual afectaba directamente los espacios sagrados. Apuntó que cuando se otorgaron las concesiones ni siquiera las comunidades estaban enteradas.

Carlos Lozano abogado de Asociación Interamericana para la Defensa Ambiental consideró que la corte puede sentar precedente en la protección de los pueblos indígenas, “las leyes mineras deben ser consultadas por los pueblos” y los minerales generalmente están en sus territorios.

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