Madrid.- La Audiencia Nacional de España abrió una investigación y el procesamiento por los delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio contra el empresario del acero y presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga Gómez, que dirige una de las principales compañías del sector en el país y que la mayor parte de su infraestructura está en el País Vasco. La decisión la adoptó el juez Francisco de Jorge, que le recrimina el empresario “la venta de acero a Israel sin haber solicitado la correspondiente autorización del gobierno” , presidido por el socialista Pedro Sánchez, y quien impulsó la ley del embargo de armas a Israel.
La operación de Sidenor la firmaron el propio presidente de la empresa y otros dos directivos, con la que acordaron la venta de acero a la compañía Israel Military Industries (IMSI), que como su propio nombre indica se dedica a la fabricación y distribución de material bélico en la región y, por tanto, en la intervención militar que derivó en el genocidio y la limpieza étnica en la franja de Gaza. De hecho el juez sostiene que los empresarios españoles realizaron la compra-venta “con pleno conocimiento de que se trata de un fabricante de armas, tanto pesadas como ligeras, y de que el material vendido iba a ser utilizado para la fabricación de armamento”.
Según el magistrado, que hoy ha levantado el secreto de las actuaciones, la venta de acero se habría llevado a cabo sin haber solicitado la correspondiente autorización del gobierno español, tal y como establece la propia legislación, y sin inscribirse en el registro correspondiente. Los tres investigados en este procedimiento, que se inició a raíz de una querella de la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, fueron citados a declarar como investigados ante el juez el próximo 12 de noviembre.
El magistrado entiende que los hechos ocurridos en Gaza son de dominio público tanto por la información publicada a diario en prensa y televisión como por la calificación provisional como delito atribuido a estos acontecimientos por el Tribunal Penal Internacional y las denuncias presentadas por la Relatora Especial de la ONU, Francesca Albanese, y por la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos en Oriente Próximo (UNRWA, en sus siglas en inglés).
Según el juez español, “estos hechos serían constitutivos de un delito de contrabando contemplado en la Ley Orgánica de Represión del Contrabando y de otro de participación por complicidad en un delito de lesa humanidad de los artículos 29 y 607 bis del Código Penal o, alternativamente, de complicidad en un delito de genocidio del artículo 607 del mismo texto legal”. Además considera que “los hechos también son imputables a la sociedad mercantil Clerbil SL, que ostenta el cargo de administrador único de Sidenor Holdings Europa”. Si bien advierte que “entiende que no procede por el momento considerar como persona jurídica investigada a la sociedad mercantil Sidenor Aceros Especiales SLU dado el papel activo de los trabajadores de esta empresa y su contribución a la denuncia pública, así como a impedir la continuación de la actividad presuntamente delictiva”.
Este sería el primer caso de procesamiento por la complicidad en delitos de lesa humanidad y genocidio contra una empresa española por sus acuerdos comerciales con la industria bélica israelí.