Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó los lineamientos de fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para grupos que aspiran a registrarse como partidos políticos.
Al mismo tiempo, durante la sesión de este miércoles fueron pospuestos, por tercera ocasión, los análisis de multas a candidatos a juzgadores por uso de acordeones, impuestas por el INE.
En cuanto a lo que sí resolvieron, en respuesta a un juicio promovido por “Personas Sumando en 2025”, el grupo impulsado por ex funcionarios del INE, los magistrados señalaron que las asociaciones no pueden recibir donaciones de sus simpatizantes vía transferencias con tarjetas bancarias de crédito y débito.
Como se ha difundido, de 89 organizaciones que manifestaron al INE su intención de participar en este proceso, con la mira en convertirse en partido político, solo once han dado a conocer a la autoridad el calendario de sus asambleas de afiliación, y apenas dos llevan avances sustantivos.
La señalada reporta 105 asambleas distritales válidas, de 200 necesarias, y Construyendo Sociedades de Paz (vinculada a grupos evangélicos), 167 asambleas.
En esa búsqueda, “Personas Sumando en 2025” preguntó al INE si podía recibir donaciones en línea para la captación de aportaciones individuales de sus simpatizantes, vía tarjetas bancarias, y ante la negativa acudieron al TEPJF.
El proyecto del magistrado Felipe De la Mata concluyó que el INE sí motivó su acuerdo, al señalar que la petición en referencia no se ajusta a los parámetros legales; esta ponencia dijo que los inconformes no demostraron el vínculo entre los datos personales recolectados por la asociación y aquellos que se requieran para la operación bancaria correspondiente.
A su vez, la magistrada Janine Otálora dijo que los lineamientos de financiamiento fueron aprobados por el consejo general del INE en febrero pasado y en ese momento no fueron impugnados.