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Terminó la guerra judicial; la reforma va, ordena la Corte

La Corte no definió ayer a partir de cuándo correrá el plazo de 24 horas, pero decidió que quedará establecido en el engrose del proyecto. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
La Corte no definió ayer a partir de cuándo correrá el plazo de 24 horas, pero decidió que quedará establecido en el engrose del proyecto. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
14 de febrero de 2025 07:31

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio ayer un plazo de 24 horas a los jueces de distrito para revocar las suspensiones definitivas contra la reforma judicial que violen el terreno electoral, aunque el fallo no alcanza a los juicios de amparo contra la enmienda constitucional sobre presuntas violaciones a derechos humanos.

El fallo de los ministros también determinó que las resoluciones que dictó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para permitir que continúe la elección judicial, son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo, las cuales sólo pueden ser confirmadas, modificadas o revocadas por los tribunales colegiados de circuito o la propia Corte.

Las suspensiones de los jueces de amparo estuvieron mal concebidas por versar sobre materia electoral y deben revocarse, pero esto no autoriza a la Sala Superior (del TEPJF) a irrumpir la cadena impugnativa del amparo, aclaró el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

La Corte no definió ayer a partir de cuándo correrá el plazo de 24 horas, pero decidió que quedará establecido en el engrose del proyecto, es decir, cuando se publique la sentencia completa con los elementos aportados en el debate.

Tras una sesión de cuatro horas, el pleno aprobó por siete votos contra tres el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena. En este caso jueces y magistrados consultaron al alto tribunal que determinara si las suspensiones pueden ser revocadas por el TEPJF o si, por el contrario, dicha facultad recae en los tribunales de circuito o en la Corte.

En su fallo, la Corte también criticó que todas las autoridades responsables en los juicios de amparo contra la elección de jueces, magistrados y ministros (incluido el Instituto Nacional Electoral y el Senado) tomaron atribuciones, saltándose, entre otras acciones, las suspensiones de los jueces, lo que definió como un atropello del estado de derecho.

A favor del proyecto estuvieron la ministra presidenta Norma Piña Hernández y la ministra Margarita Ríos Farjat; también los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y Juan Luis González Alcántara Carrancá.

En contra fueron las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, pero se separaron en los resolutivos.

Batres señaló que la Corte no tiene facultades para invalidar sentencias del TEPJF ni exhortar a autoridades de los poderes Ejecutivo y Legislativo a obedecer suspensiones emitidas por los jueces, las cuales consideró que son inconstitucionales.

El proyecto puede llevar a una tiranía de los jueces de este país al hacerles creer que pueden emitir resoluciones por su convicción, por su voluntad, sin que se encuentren inscritas en la Constitución, enfatizó.

Sin embargo, el cuarto resolutivo del proyecto generó polémica, porque emitía un exhorto de la Corte a todas las autoridades responsables de la elección judicial, para que acaten las suspensiones emitidas por los jueces. Fue rechazado por los votos de Lenia Batres, Norma Piña, Juan Luis González y Jorge Pardo.

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