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SCJN admite a trámite acción de diputados contra ley orgánica de la Armada

Los diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano presentaron la solicitud a fines del mes pasado, denunciando que las reformas a la LOAM, promulgadas del 14 de octubre de este año, serían parte de la “escalada de la militarización en el país”, al otorgar legalmente a la Secretaría de Marina (Semar), facultades en el control de los puertos mercantes, incluyendo su administración y seguridad. En la imagen, durante el aseguramiento de combustible y una embarcación por parte de elementos de la Marina. Foto cortesía Semar / Archivo
Los diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano presentaron la solicitud a fines del mes pasado, denunciando que las reformas a la LOAM, promulgadas del 14 de octubre de este año, serían parte de la “escalada de la militarización en el país”, al otorgar legalmente a la Secretaría de Marina (Semar), facultades en el control de los puertos mercantes, incluyendo su administración y seguridad. En la imagen, durante el aseguramiento de combustible y una embarcación por parte de elementos de la Marina. Foto cortesía Semar / Archivo
07 de diciembre de 2021 14:05

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados de oposición en contra de la Ley Orgánica de la Armada de México (LOAM).

Los diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano presentaron la solicitud a fines del mes pasado, denunciando que las reformas a la LOAM, promulgadas del 14 de octubre de este año, serían parte de la “escalada de la militarización en el país”, al otorgar legalmente a la Secretaría de Marina (Semar), facultades en el control de los puertos mercantes, incluyendo su administración y seguridad.

El acuerdo emitido por la SCJN informa que la acción de inconstitucionalidad fue admitida con el registro 172/2021, pero no se le dará a su resolución el carácter de prioritaria, como habían solicitado los legisladores.

“Por otra parte, en relación con lo solicitado por los promoventes, en el sentido de “(…) que el presente asunto se substancie y resuelva de manera prioritaria atendiendo al interés social y el orden público.”; no ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, toda vez que no están legitimados para promover la referida solicitud de atención prioritaria”, señaló el máximo tribunal.

Al admitir a trámite este juicio constitucional, se emplazó al presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a las Cámaras de Diputados y Senadores, para que en los próximos 15 días rindan a la SCJN un informe sobre los procedimientos que siguieron para aprobar y publicar la ley impugnada.

El acuerdo añade: “Se apercibe a dichas autoridades que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa. En otro orden de ideas, dese vista con la versión digitalizada del escrito inicial y sus anexos a la Fiscalía General de la República para que antes del cierre de instrucción formule el pedimento que le corresponde”.

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