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Se promulga el Acuerdo de Escazú, en favor de ambientalistas

Imagen del acuerdo emitido en el Diario Oficial de la Federación
Imagen del acuerdo emitido en el Diario Oficial de la Federación
22 de abril de 2021 16:19

Tras la ratificación del gobierno federal, este jueves fue fue promulgado el Acuerdo de Escazú, un instrumento internacional que tiene como objetivo garantizar los derechos de los defensores del medio ambiente.

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y El Caribe, firmado en Escazú, Costa Rica en 2018, fue depositado ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) en enero pasado. 

Su objetivo, indica el documento, es “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

El acuerdo representa el primer instrumento regional jurídicamente vinculante que garantiza los derechos de los defensores del medio ambiente, y establece que los Estados firmantes deben formar y sensibilizar a sus funcionarios públicos y jueces en materia de derechos humanos vinculados con la defensa del ambiente.

Además, “cada parte asegurará que se oriente y asista al público -en especial a las personas o grupos en situación de vulnerabilidad- de forma que se facilite el ejercicio de sus derechos de acceso”, y “garantizará un entorno propicio para el trabajo de las personas, asociaciones, organizaciones o grupos que promuevan la protección del medio ambiente, proporcionándoles reconocimiento y protección”, indica el acuerdo emitido en el Diario Oficial de la Federación.

En materia de transparencia, establece que los Estados firmantes deben garantizar el derecho del público de acceder a la información ambiental que está en su poder, bajo su control o custodia, de acuerdo con el principio de máxima publicidad.

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