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Apelan sentencia impuesta a dueña del Colegio Rébsamen

Durante el sismo del 19 de septiembre de 2017 colapsó el Colegio Rébsamen, causando la muerte de 26 personas. Foto LA JORNADA/Roberto García Ortiz
Durante el sismo del 19 de septiembre de 2017 colapsó el Colegio Rébsamen, causando la muerte de 26 personas. Foto LA JORNADA/Roberto García Ortiz
05 de noviembre de 2020 21:15

Ciudad de México. La defensa de Mónica García Villegas, dueña y directora del Colegio Rébsamen, apeló la sentencia de 31 años que se le impuso por los delitos de responsabilidad de obra y homicidio culposo tras la muerte de 19 niños y siete adultos al colapsar el inmueble durante el sismo del 19 de septiembre de 2017.

El escrito respecto al juicio oral TE007/0036/2020 fue ingresado el 4 de noviembre en la Sala Penal del Poder Judicial de la Ciudad de México, donde trascendió llegó la apelación del Ministerio Público y tres más de los abogados y asesores de las víctimas indirectas.

“Todas las partes están inconformes con la resolución del Tribunal de Enjuiciamiento, con lo que ahora cada una conocerá lo interpuesto y lo contestará, según el caso, para lo cual contarán con cinco días hábiles”, señalaron fuentes consultadas.

La fecha de audiencia, estimaron, se daría a conocer a finales de mes e iniciar en diciembre, a fin de conocer en febrero si se confirma la sentencia, se modifica o revoca, al considerarla inocente o para reponer el juicio en su totalidad.

La maestra “está confiada, tiene mucha fe y esperanza en que se va a dar un resultado favorable”, afirmó su abogado Rosendo Gómez Hernández al explicar que en su apelación plantea siete ejes de ataque contra la sentencia.

Los primeros tres son por el delito de homicidio “respecto a que ella tenía conocimiento de que el inmueble podría colapsar por el sobrepeso y la construcción de cuatro niveles en 2013, y no lo evitó, lo cual nunca se demostró en el juicio”.

El edificio resistió 239 sismos registrados en cuatro años, más de la mitad mayores a 6 grados, de acuerdo con el Sistema Sismológico Nacional, y hubo uno de 8.1 grados el 7 de septiembre de 2017, por lo que “la realidad es que el inmueble colapsó por el sismo”, dijo.

Dos ejes de ataque están dirigidos al delito de responsabilidad de obra, que en 2013 no está considerado en el Código Penal, aunque “sí insisten que la conducta ocurre un año después, se trataría de un delito que ya prescribió”, puntualizó.

El penúltimo argumento es por la pena, pues 31 años son excesivos, cuando “es una víctima también del sismo y 27 de ellos son por el delito de homicidio culposo y omiso. No pueden meter tantos años a la cárcel a una persona, por un descuido, no es sensato”, afirmó.

Mientras, el último eje de ataque, señaló, es la reparación del daño, donde no están de acuerdo con la forma del pago de los 450 mil pesos establecidos, el cual debe dividirse entre todos los participantes o probables participantes de estos delitos.

Confió en que, la resolución de la sala no sea reponer el juicio, porque perdería credibilidad el Tribunal y “no sería inteligente”.

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