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Encinas Nájera: falta de libertad sindical creará controversias de tipo laboral en el T-MEC
 
Periódico La Jornada
Martes 9 de junio de 2020, p. 9

Las controversias en materia laboral que se susciten en el contexto del T-MEC, el cual entrará en vigor el primero de julio, girarán en torno a la negación de derechos relacionados con la libertad y la democracia sindical, así como la negociación colectiva, señaló Alejandro Encinas Nájera, titular de la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

En la videoconferencia El T-MEC y los paneles laborales de respuesta rápida, expuso que las quejas se resolverán a través de los mecanismos contemplados en el Capítulo 31 del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá, los cuales pueden ir desde consultas entre las partes hasta la posibilidad de instalar paneles arbitrales. Las sanciones comerciales consideran la suspensión de las preferencias arancelarias y el bloqueo a la importación.

Indicó que los procedimientos que podrían ser objeto de queja estarían relacionados con la titularidad del contrato colectivo de trabajo, su registro y revisión, cambios de directiva sindical, huelgas, así como reglamentos internos en los centros laborales, entre otros.

Panel arbital podrá visitar centros de trabajo

Encinas explicó que, de manera adicional al mecanismo de solución de controversias del propio tratado, se acordó uno laboral de respuesta inmediata en instalaciones específicas, el cual –insistió– sólo aplica para denegación de garantías en materia de libertad y democracia sindicales y negociación colectiva.

Este proceso, que puede durar 80 días, se inicia cuando de buena fe cualquiera de las partes presenta una queja sobre la presunta violación de un derecho. Al respecto, el gobierno de México tendría que realizar una investigación y convocar a una mesa integral de análisis y de medidas de reparación, integrada por funcionarios de alto nivel tanto de la Secretaría de Economía (SE) como de la STPS y la autoridad que resulte competente para el caso en cuestión; además se contará con la representación del sector empresarial y de los trabajadores.

Añadió que una vez que se tengan las conclusiones se elaborará un informe y la SE lo enviará a la parte demandante. En caso de que no se llegue a un acuerdo, se realizarán consultas de buena fe y si éstas tampoco avanzan se podrá invocar a un panel arbitral, el cual podrá solicitar a México visitar el centro de trabajo en cuestión. El panel tiene de 30 a 60 días para tomar una determinación.