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Publica DOF decreto que modifica integración de Junta de Gobierno de IMSS-Bienestar

Hospital en San Luis Potosí del IMSS-Bienestar
Hospital en San Luis Potosí del IMSS-Bienestar Foto Cuartoscuro / archivo
15 de agosto de 2025 12:49

Ciudad de México. La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que crea el Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), con el que se establece que la Secretaría de Salud (Ssa) presidirá la Junta de Gobierno del organismo, y no el Instituto Mexicano del Seguro Social, que quedará sólo como integrante de este órgano de gobierno.

De esta forma, la Ssa tendrá voto de calidad, además de que integrarán la Junta las secretarías de Hacienda y Crédito Público; del Trabajo y Previsión Social; de Bienestar.

Se incluye también a los titulares de las subsecretarías de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica de la Secretaría de Salud; de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional de la Secretaría de Salud; y de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entre otras dependencias.

En su artículo único, el decreto señala que se reforman los artículos 3, 4, fracciones III, V y XIV, 5, párrafo segundo y 11, párrafos primero y segundo del citado decreto de creación del IMSS-Bienestar.

En cuanto a su financiamiento, se establece que el organismo contará con los recursos presupuestarios que “le sean asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal”, así como de los recursos, materiales, humanos, financieros y de infraestructura que le transfieran directamente los gobiernos de las entidades con cargo a recursos propios o de libre disposición en términos de los convenios de coordinación que al efecto se celebren.

Además de los recursos federales etiquetados que se determinen en las disposiciones jurídicas aplicables; así como, recursos de infraestructura que le transfieran otros institutos y organismos federales.

Agrega que los recursos en numerario que provengan de las entidades, se recibirán a través del fideicomiso público irrevocable de administración y pago, sin estructura orgánica denominado "Fondo de Salud para el Bienestar", cuyo fideicomitente es el IMSS-BIENESTAR, para que dichos recursos se apliquen para el cumplimiento de sus fines.

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