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SCJN invalida un artículo de la Ley de Salud de Yucatán

Fachada de la SCJN. Foto Marco Peláez / Archivo
Fachada de la SCJN. Foto Marco Peláez / Archivo
18 de enero de 2022 18:13

Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de la Ley de Salud de Yucatán, donde se definía que las información y orientación sobre planificación familiar debería difundirse en español y lengua maya, sin tomar en cuenta otras variantes dialectales que existen en ese estado.

En una votación dividida de seis contra cinco, los ministros decidieron que en este caso no es preciso que se haga una consulta entre la comunidad indígena, para decidir en cuántos idiomas sería necesario difundir dicha información.

Esto, porque señalaron que el artículo 67 de la Ley General de Salud, de observancia obligatoria en todo el país, ya establece que: “En materia de planificación familiar, las acciones de información y orientación educativa en las comunidades indígenas deberán llevarse a cabo en español y en la lengua o lenguas indígenas en uso en la región o comunidad de que se trate.”

Ello además de que diversas disposiciones internacionales obligan al Estado mexicano a tomar medidas para hacer accesible todo tipo de información en materia de salud, sin ningún tipo de discriminación.

En la sesión de este martes, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien dio positivo a Covid-19 el miércoles pasado, participó de manera virtual.

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De proceder las sanciones, el próximo magistrado presidente, Hugo Aguilar, deberá pagar 39 mil 712 pesos, a ministra Loretta Ortiz Ahlf, 127 mil 508 pesos y la presidenta del Consejo de la Judicatura, Celia Maya, 146 mil 884 pesos.

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La misión es la de colaborar estrechamente con las autoridades de los tres órdenes de gobierno para fortalecer el Estado de derecho e inhibir los actos delictivos.
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