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Publican el decreto para que Sedena vigile el espacio aéreo

También el Diario Oficial de la Federación incluyó en sus páginas la ordenanza para que esa secretaría asuma el control total del Tren Maya

 
Periódico La Jornada
Viernes 5 de mayo de 2023, p. 5

El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación algunos decretos de las reformas aprobadas el fin de semana pasado por el Congreso de la Unión, en los que se otorgan nuevas atribuciones, facultades y beneficios a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Uno de ellos es su facultad para la vigilancia y protección del espacio aéreo, para lo cual creará un centro especializado que trabajará en coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SITC), para las operaciones de búsqueda y salvamento aéreo.

El decreto señala que con estos cambios buscan garantizar que las operaciones aéreas en el territorio nacional no se realicen con fines ilícitos o atenten contra la seguridad nacional.

Además, la Sedena podrá acordar, en coordinación con la misma secretaría, las zonas de vigilancia y protección en la aeronavegación, por lo que se crea el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo como órgano dependiente del Ejército, el cual tendrá la facultad de solicitar documentos que amparen certificados de aeronavegación y licencia establecidos en el estado de la matrícula; verificación de talleres, centros de capacitación y adiestramiento, y fábricas de aeronaves y componentes, así como emisión de medidas y normas de tráfico aéreo.

El decreto detalla que se establece la obligación para las autoridades que operen aeropuertos informen a las fuerzas armadas de aterrizajes de aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial que se realicen en aeropuertos internacionales mexicanos.

Otro de los decretos publicados es en el que se establece que el Ejército obtendrá 80 por ciento del dinero obtenido de los visitantes que ingresan al país con fines turísticos y no cuentan con permiso para realizar actividades remuneradas, con el objetivo de que se aplique para la planeación de estudios, proyectos e inversión en infraestructura, así como para programas que permitan la ejecución, operación, administración, contratación de bienes y servicios y modernización de los proyectos de infraestructura, lo cual queda asentado en la Ley General de Turismo y en la Ley Federal de Derechos.

Mientras el decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y un artículo 59 Bis a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales también publicado en el Diario Oficial de la Federación señala que la Sedena tiene el control total del Tren Maya, bajo la premisa de que todos los títulos de vías férreas se deben mantener siempre en manos del Estado y debe existir una temporalidad indefinida de estos.