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La salud en la nueva Constitución chilena
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caba de aprobarse la nueva Constitución chilena. Es un paso importante en la ruptura final con la dictadura de Pinochet, ya que la anterior aún está vigente. Fue redactada por la Convención Constituyente y se someterá a un plebiscito en septiembre. Es innovadora, entre otras cosas, por su defensa de los derechos de las mujeres y las naciones indígenas. También tiene contenidos importantes sobre los derechos sociales y la naturaleza.

Los artículos 44 y 45 se refieren a la salud y la seguridad social. Son cruciales porque cambian de fondo el sistema privatizado sanitario –los Isapres (Instituciones de Salud Previsional) y el sistema de pensiones con las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones)–, cuyo modelo de privatización se ha extendido a toda América Latina y otras partes del mundo. Actualmente se preserva principalmente en Chile, México, Colombia y Perú, dato interesante visto a la luz de los resultados electorales en cada uno. Ambos temas también serán sometidos a un plebiscito posterior a los de la Constitución y de la reforma fiscal.

Tanto este último tema como el de salud y el de pensiones están intrínsecamente relacionados, ya que modificaciones profundas a estos dos requieren un incremento de fondos para poder llevarse a cabo.

El artículo 44 amplía el texto constitucional actual, artículo 19 inciso 9, y reorganiza todo el sistema sanitario del país. Tiene un contenido amplio, incluidos algunos aspectos que en otros países corresponden a la ley reglamentaria. Se entiende que esto ocurre para no dejar al Parlamento, donde el actual presidente no tiene una mayoría clara. Su contenido más sobresaliente es el papel que adscribe al Estado.

Consagra así el derecho a la salud y al bienestar integral, tanto física como mental. Obliga al Estado a proveer las condiciones necesarias para alcanzar el nivel más alto de sanidad, y para ello debe tomar en cuenta sus determinantes sociales. Asimismo, eleva a rango constitucional el derecho de las naciones indígenas a sus medicinas, que serán integradas al sistema sanitario.

Hace explícito que la rectoría del sistema corresponde exclusivamente al Estado y abarca tanto instituciones públicas como privadas. Esto es trascendental en una estructura con un componente privado muy importante y poderoso que además consume más recursos financieros y tecnológicos. Así, están en manos del Estado la regulación, supervisión y fiscalización del sector. Estipula que el Sistema Nacional de Salud tiene carácter universal, público e integrado y se rige por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación. No obstante, da lugar a prestadores privados, aunque señala que la ley precisará las condiciones bajo las cuales se pueden incorporar.

El modelo de atención del Sistema Nacional de Salud incorpora todas las acciones desde la promoción hasta la rehabilitación e inclusión a la vida social. Señala que la atención primaria constituye su base. En este contexto, determina que se promoverá la participación de las comunidades en las políticas del sector y que se crearán las condiciones necesarias para su ejercicio efectivo, lo cual revela que no se trata de las tradicionales comités, sino de una participación real en las decisiones sobre las políticas locales y nacionales.

El tema del financiamiento del Sistema Nacional de Salud está explícito en el texto constitucional, al decretar que se lleva a cabo a través de las rentas generales de la nación, o sea los impuestos. Sin embargo, deja abierto el establecimiento de cotizaciones obligatorias de empleadores y trabajadores. Es decir, se prevé que se puedan imponer cuotas para el financiamiento, pero no sería como antes, cuando el pago de los servicios era la fuente más importante de la desigualdad en el acceso a los servicios necesarios. Esto no se resolvió con el programa AUGE, instaurado bajo del gobierno de la presidenta Bachelet. Mandata que la ley reglamentaria determinará cual será el órgano público encargado de administrar el conjunto de los fondos de este sistema.

La propuesta revela que los constituyentes proponen a la nación chilena recuperar el Sistema Nacional de Salud instaurado por Salvador Allende, así como avanzar todavía más.

Junto con la reforma al sistema de pensiones se está pugnando por recuperar la salud y la seguridad social de manos del capital financiero y restaurarlos como derechos sociales.