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Tomas de agua ilegales, problema añejo y difícil de identificar: experto
 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de febrero de 2020, p. 30

La existencia de tomas clandestinas en la red de agua potable es un problema añejo en la Ciudad de México difícil de identificar, por lo que desde hace una década, cuando hubo una crisis de desabasto al reducirse el suministro del Sistema Cutzamala por la escasez de lluvias, se impulsó un programa de regularización que está vigente, pero se desconocen sus resultados, afirmó el especialista en el tema Daniel Salazar, presidente de la asociación civil Unidad de Gestión para el Desarrollo Sustentable.

En entrevista, detalló que de acuerdo con las propias cifras del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), en 2009 se estimaba que de las 2 millones 400 mil tomas que existían en la red hidráulica, al menos entre 10 y 20 por ciento eran clandestinas.

Indicó que para habilitar una toma clandestina se requiere de pericia y conocimiento, pues debido a la presión del agua, abrir un boquete en los ductos puede ocasionar una megafuga, por lo que siempre se ha dicho que los trabajadores de las empresas contratadas por el Sacmex pueden estar coludidos o los mismos empleados o ex empleados del organismo que hacen lo que en la jerga laboral se conoce como fincas, en las que realizan el trabajo por fuera.

“Si no hay una supervisión correcta los trabajadores pueden hacer un bypass, que es un tubo que se bifurca, uno va con medidor y otro directo, con lo que registran menos consumo del que realmente llevan a cabo”, apuntó.

Consideró que la sectorización de la red hidráulica que realiza el Sacmex para identificar fugas de agua también podría servir para conocer la magnitud del clandestinaje, pero, añadió, se tienen contemplados realizar siete macrosectores y apenas se acaba de inaugurar un microsector del primer macrosector.

El especialista refirió que en 2009, en la extinta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se promovió la regularización de las tomas clandestinas, por lo que se estableció en el artículo decimoquinto del Código Fiscal que los interesados acudieran al Sacmex, siempre y cuando el diámetro de la toma fuera de 13 milímetros, con uso doméstico o mixto.