Economía
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Cofece: etiquetado de alimentos no debe limitar competencia
 
Periódico La Jornada
Jueves 23 de enero de 2020, p. 18

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) recomendó a las secretarías de Economía (SE) y Salud (Ssa), así como a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), que en las modificaciones para el nuevo etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, instauradas en la norma oficial mexicana 051 (NOM-051), se tome en cuenta el proceso de competencia y a las empresas se les permita mencionar los atributos de sus productos.

El etiquetado debe cumplir con su objetivo original de informar para facilitar una decisión responsable de consumo, pero no debe limitar innecesariamente la competencia entre las empresas, advirtió el pleno del organismo antimonopolios.

Los consumidores, indicó, deben contar con información veraz, suficiente y clara sobre el contenido de los alimentos y bebidas que consumen. En el anteproyecto de la NOM-051 se plantea colocar un etiquetado negro y frontal de advertencia en productos con alto contenido de calorías, azúcares, sodio, grasas y grasas saturadas, pero la Cofece se pronunció porque a las empresas se les permita incluir las cualidades de sus artículos, tanto con las etiquetas como en otras formas.

El fin es fomentar la competencia entre alimentos y bebidas industrializadas que al mismo tiempo cumplan con la normatividad, indicó.

Recomienda flexibilidad para las nuevas marcas

El anteproyecto de modificación de la NOM-051, referido a la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado frontal en alimentos y bebidas, estuvo sometido a consulta pública hasta el mes pasado y actualmente la Conamer lleva a cabo reuniones de trabajo con distintos sectores para dar respuesta a sus inquietudes.

Señaló que el anteproyecto prohíbe que los productos que porten el sello por exceso de alguna de las sustancias reguladas contengan declaraciones de recomendación o respaldo de sociedades y asociaciones de profesionales.

Eso podría limitar la capacidad de las empresas para ofrecer información a los consumidores sobre las características positivas de sus productos y reducir los incentivos para invertir en investigación y desarrollo, pues sin la diferenciación se dificultaría la recuperación de las inversiones.

Adicionalmente, sostuvo que la norma debe ser flexible para empresas y productos que apenas ingresan al mercado y que requieren que su marca sea conocida entre los consumidores, porque si no, quedarán en desventaja.