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Esperan aprobación en el senado

Casi inadvertido, aval en San Lázaro a reformas a la ley de sueldos de servidores públicos

Los ajustes, para solventar controversias que presentaron legisladores de oposición y la CNDH

 
Periódico La Jornada
Domingo 30 de diciembre de 2018, p. 5

De forma casi desapercibida, la Cámara de Diputados aprobó al final de periodo de sesiones que recién concluyó reformas a la controvertida Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que se pretenden avalar en el Senado en la primera quincena de enero.

Los diputados enmendaron 14 de los 17 artículos de esa ley, con miras a actualizarla, pero también a solventar parte de las observaciones contenidas en las controversias constitucionales presentadas por legisladores de oposición y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Recursos para frenar esa legislación reglamentaria de los artículos 75 y 127 constitucionales, que regula salarios y prestaciones de los servidores públicos de los tres poderes, de los organismos autónomos, como la propia CNDH y las empresas productivas, a partir de que nadie podrá ganar más que el Presidente de la República.

Se incluye al Poder Judicial, aunque las remuneraciones de ministros, jueces y magistrados que están actualmente en el cargo no podrán disminuirse, según se establece en la Constitución.

La intención es que la ley pueda comenzar a regir, ya que aunque se promulgó el 6 de noviembre pasado, está detenida en la Suprema Corte de Justicia de la Nación mientras se resuelven de fondo los recursos de la CNDH y de senadores de la oposición.

El Senado recibió la minuta pasadas las siete de la noche del pasado día 20, cuando se discutía la Ley de Ingresos, que terminó en la madrugada. Se tiene contemplado que se discuta en el periodo extraordinario que se llevará a cabo el 16 y 17 de enero, según comentó el coordinador de Morena, Ricardo Monreal.

La minuta que aprobaron los diputados en septiembre pasado estuvo congelada ocho años en San Lázaro y requería actualizaciones que el grupo de Morena no quiso efectuar, porque habría tenido que regresarla al Senado. Se promulgó el 6 de noviembre, ya que el entonces presidente Enrique Peña Nieto retrasó el proceso hasta el límite legal, pero ahora en que está frenada en la Corte hicieron las ­adecuaciones.

Además de cambios de forma, de corregir, por ejemplo, y cambiar IFE por INE, se incluyeron dos artículos transitorios, para dejar sin base los argumentos de la CNDH, que en su controversia destacó que la ley no cuenta con los parámetros y reglas para su operación.

Se crearon dos artículos transitorios. El primero establece que el Ejecutivo federal expedirá el reglamento correspondiente, dentro del plazo de 30 días a la entrada en vigor del decreto, y el segundo da 30 días de plazo a la administración pública federal, así como los órganos competentes de los poderes Legislativo y Judicial, y los organismos autónomos y empresas productivas para que emitan las disposiciones reglamentarias pertinentes para su debida aplicación.

Además, se reformó el Código Penal Federal y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores públicos, para establecer sanciones a los funcionarios y servidores públicos que incumplan esa legislación.

Se establece en el Código Penal el delito de remuneración ilícita, cometido por el servidor público que apruebe o refrende el pago de una remuneración, retribución, jubilación o retiro, no autorizado en la ley en la materia.

Las sanciones van de tres meses a dos años de prisión si el beneficio logrado no excede el equivalente de 500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA) y de cinco a 12 años, si excede a 5 mil veces ese valor.

Las sanciones administrativas incluyen destitución e inhabilitación al cargo, empleo o comisión, públicos, de seis meses a 14 años. Además, se establece que incurrirá en cohecho el servidor público que no devuelva, dentro de los 30 días naturales siguientes, un pago recibido que sea superior “a su legítima remuneración de acuerdo con los tabuladores aplicables.