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Falso, que se incumplieran formalidades legislativas

Si invalida el plan B, la Corte estaría sustituyendo al Congreso: CJEF
 
Periódico La Jornada
Lunes 8 de mayo de 2023, p. 3

En la víspera de la discusión de la primera parte del llamado plan B de reforma en materia electoral, que se debatirá a partir de hoy en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) subrayó que de invalidarse el proceso legislativo con el que se aprobaron, la Corte estaría sustituyendo al Congreso de la Unión.

En un comunicado, la CJEF expuso que al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión.

De hacerlo, recalcó, el máximo tribunal violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos.

Exhorto a que en el fallo que tomen los ministros prevalezca el fondo sobre la forma de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 constitucional. Aseveró que se trata de un criterio utilizado por la propia Corte al resolver el recurso de reclamación 66/2021, relacionado con la ley de hidrocarburos.

En aquella discusión, el alto tribunal estimó que los formalismos procedimentales no deben prevalecer sobre la resolución del fondo, por lo que se espera que sea congruente con dicho criterio al resolver la presente acción de inconstitucionalidad.

La semana pasada, la SCJN descartó una solicitud de la Consejería Jurídica de la Presidencia con la que pedía atender primero una controversia constitucional promovida desde 2018 a la Ley de Comunicación Social, antes de iniciar la discusión sobre el plan B.

Al rechazar dicha petición, la Corte demuestra que existen dos parámetros distintos: uno para revisar las leyes del régimen neoliberal (en cinco años no se ha querido dictar sentencia), y otro distinto para las normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la transformación que exige el pueblo de México (se resolvería en tres meses), a pesar de que se trata de la misma norma impugnada, apuntó la CJEF.

En el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023, el ministro Alberto Pérez Dayán propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas en diciembre de 2022, con el argumento de que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso, insistió.

Además, consideró que el ministro instructor es omiso al no tomar en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas.

En el proyecto se omite examinar la dispensa de trámite, atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución.

Durante la aprobación de dichas leyes, el Congreso cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios; incluso, con los criterios de la propia SCJN, insistió la Consejería Jurídica de la Presidencia.