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Impreciso, el marco legal de las candidaturas políticas de grupos vulnerables: IBD
 
Periódico La Jornada
Lunes 3 de abril de 2023, p. 9

La nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) reconoce acciones afirmativas para que los grupos vulnerables de la población tengan acceso a candidaturas de elección popular; sin embargo, el diseño de la acción y su nivel de exigencia son poco claros, señala un estudio del Instituto Belisario Domínguez del Senado

El artículo 11 de la Legipe establece que los partidos deben incluir al menos 25 postulaciones a diputados por los principios de mayoría relativa y representación proporcional pertenecientes a las comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad, de la diversidad sexual y residentes en el extranjero, así como de los jóvenes.

En las diputaciones uninominales, las acciones afirmativas podrán ser postuladas en cualquier distrito electoral federal, y en las plurinominales deberán ubicarse en dos bloques localizados en los primeros 20 lugares.

El análisis Acciones afirmativas para garantizar la representación política de grupos históricamente discriminados y subrepresentados destaca que la reforma no especifica si las 25 postulaciones son para cada grupo. Tampoco precisa cuál será la composición de las fórmulas. El mandato de posición sólo se incluye para las candidaturas de representación proporcional. El estudio a cargo de la investigadora Susana Ramírez Hernández, resalta que tampoco precisa los mecanismos de sanción, aunque el Congreso aún debe legislar sobre el tema.

La especialista refiere que, bajo la lógica del federalismo, algunos congresos locales han acordado reconocer en sus normas electorales las acciones afirmativas para las comunidades en situación de discriminación y subrepresentación política. Del total de las 32 leyes y códigos revisados, se identificó que en 19 estados se incluye a ciertos grupos vulnerables.

En 13 estados aún no se hace referencia en su legislación a alguna comunidad: Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, estado de México, Michoacán, Morelos, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Yucatán.

No obstante, en esas entidades, varias acciones afirmativas se han implementado mediante el cumplimiento de sentencias, acuerdos o lineamientos de tribunales.