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Rechazo categórico del Colegio de Abogados
 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de septiembre de 2022, p. 3

La Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) rechazó categóricamente la figura de la prisión preventiva oficiosa, pues, sostuvo, es una figura jurídica prevista en la Constitución y es utilizada por el Estado Mexicano para privar de su libertad a personas sujetas a un proceso penal, sin haber sido juzgados y sentenciados, basándose únicamente en la gravedad del delito materia de la imputación.

Esto se hace cuando el proceso se inicia por alguno de los delitos de alto impacto social previstos en la Constitución (por ejemplo, homicidio doloso, secuestro, violación). Dicho catálogo se ha ampliado en años recientes para incluir delitos fiscales, hechos de corrupción y portación de armas, entre otros.

Aseveró que la prisión preventiva oficiosa está vigente en contradicción con las normas internacionales de derechos humanos que forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, particularmente el derecho a no ser sujeto a detención o encarcelamiento arbitrarios (artículo 7.3 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), lo que también afecta a la presunción de inocencia reconocida constitucional y convencionalmente.