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Repartidores y choferes pagan y no tienen seguridad social

Plataformas tecnológicas no tributan, sólo retienen impuestos de sus socios

Cómo gravar las millonarias utilidades, tema pendiente

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▲ Un socio de las plataformas de entrega de comida a domicilio.Foto Roberto García Rivas
 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de abril de 2022, p. 19

Las plataformas tecnológicas han encumbrado a sus dueños en los primeros lugares de los listados de riqueza, pero gravar sus multimillonarias utilidades es un pendiente a nivel internacional. En México no hay un esquema a través del cual se identifique cómo están pagando impuestos las firmas digitales, expertos aseguran que no lo hacen, y sólo hay registro de cuánto se ha retenido a los socios que se emplean a través de ellas.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), durante 2021 se recaudaron 16 mil 55 millones de pesos entre empresas del extranjero sin establecimiento permanente en México, apenas 0.45 por ciento de los ingresos tributarios del año pasado. Sin embargo, las entradas de recursos públicos a través de este régimen –el cual no se ciñe sólo a plataformas tecnológicas– han aumentado 3 mil 375 por ciento en un trienio.

En su Informe Tributario y de Gestión al cierre de 2021, el SAT reporta que entre las plataformas tecnológicas que operan en el país, y están inscritas al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), 129 son sociedades extranjeras sin establecimiento en México y mil 334 más son residentes. El organismo no detalla cuánto recaudó de ellas, pero sí que 280 mil personas físicas las usan para emplearse u obtener ingresos con ventas y arrendamientos.

Desde 2020 se exhortó a las grandes plataformas digitales a inscribirse al RFC, pero eso no implica que entreguen contribuciones por sus utilidades en México, explican especialistas; sus obligaciones quedaron en retener el impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto al valor agregado (IVA) a las personas que se emplean en ellas como socios, sin seguridad social, reconocimiento patronal o cualquier derecho laboral.

Se retienen impuestos a conductores y repartidos que trabajan a través de Uber o Didi (una tasa de 2.5 por ciento en ISR ); a quienes venden productos vía Mercado Libre o Amazon (uno por ciento); o rentan un inmueble en Airbnb (4 por ciento), pero la medida no abarcó a fondo las utilidades que generan las plataformas. Se dejó de lado ese punto por la dificultad de negociar el establecimiento permanente de una empresa, explicó Salvador Rotter Aubanel, académico de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM.

Oxfam reportó que las personas repartidoras en el país ganan en promedio 2 mil 85 pesos por semana, una vez descontados los gastos y costos asociados con el uso de la aplicación y la realización de su trabajo. Incluso pagan entre 1.1 y 6.8 por ciento más de impuestos que los grandes sectores económicos en México y eso no les otorga beneficios de seguridad social, consigna la organización en un informe.

El SAT exhibe que entre personas que obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas recaudó 841 millones de pesos el año pasado, por arriba de los 492 millones registrados en 2018. Sin embargo, de acuerdo con especialistas en temas fiscales, parte de los ingresos que se reportan también como provenientes de empresas del extranjero sin establecimiento permanente en México, son en realidad las retenciones a conductores, repartidores y vendedores.

La cuenta pública de 2020 detalla que ese año ingresaron 8 mil 663.2 millones de pesos por gravar las actividades alrededor de las plataformas tecnológicas; 20.1 por ciento correspondió a retenciones de ISR, 36.5 por ciento a retenciones de IVA y 42.9 por ciento al pago de IVA por la prestación de servicios digitales. El resto resultó de pagos directos tanto de ISR como de IVA de los prestadores de servicios a través de las plataformas.

Esos 8 mil 663.2 millones de pesos, prácticamente recargados en retenciones, representaron 0.25 por ciento de los ingresos tributarios de 2020, frente a un 5.8 por ciento que abarcó el comercio electrónico –una porción de la economía digital– en relación al producto interno bruto (PIB) del mismo año.

Cómo gravar a trasnacionales y acotar la erosión de las contribuciones en el lugar en que se generan las ganancias es una discusión que lleva más de ochos años en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y, dado el crecimiento que han registrado las plataformas tecnológicas, el debate ahora retoma un nuevo enfoque para evitar la evasión de la economía digital, explicó Roberto Colín, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos.

En octubre la OCDE anunció un acuerdo histórico, alcanzado por 136 países y jurisdicciones, que representan más de 90 por ciento del PIB mundial para promover un impuesto mínimo de 15 por ciento a partir de 2023. Según la organización, esta medida implicaría reasignar 125 mil millones de dólares de las 100 mayores y más rentables empresas multinacionales a países de todo el mundo, entre ellas las plataformas tecnológicas.

Colín explicó que este acuerdo podría permitir a México hacer una reforma fiscal que incorpore impuestos a la economía digital para 2023, con nuevos sujetos obligados. No obstante, la jefa del SAT, Raquel Buenrostro ha desdeñado el peso del impuesto mínimo global por considerar que no representa una recaudación real para casi ningún país y faltaría al menos una década para observar sus efectos.