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Fallecen sin encontrar justicia por hijo ausente
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▲ Autoridades suelen incumplir acciones para localizar a desaparecidos. En la imagen, manifestación en el pueblo de Santa Fe, CDMX, para encontrar a familiares.Foto Pablo Ramos
 
Periódico La Jornada
Domingo 10 de octubre de 2021, p. 11

María Esther Montero y Gregorio Cano fallecieron sin poder encontrar a su hijo Paolo, efectivo de la Secretaría de Marina (Semar) víctima de desaparición forzada en 2010, y dejaron inconcluso el litigio contra la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), que desde 2018 se ha negado a cumplir con la reparación del daño, como lo estableció la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en su Recomendación 37/2018 tras acreditar diversas violaciones a garantías.

El padre y la madre de Paolo sucumbieron luchando por encontrar la verdad y la justicia que nunca llegaron. El señor Gregorio murió en 2019 y la señora María Esther hace apenas dos meses, señaló Itzel Hernández Romero, abogada de Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanos. En este contexto, dijo, recientemente el primer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito confirmó la sentencia de amparo indirecto 896/2020, emitida por el juzgado decimosegundo de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, que ordena a la CEAV reparar de manera integral el daño a las víctimas indirectas.

Recordó que Paolo, con 26 años de edad, desapareció mientras se encontraba asignado al Batallón de Infantería Número 20, en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán; sin embargo, la Semar no tomó acciones para buscarlo y, por el contrario, se limitó a decirle a los familiares que el joven había desertado; no obstante, la evidencia muestra que no fue así y el caso continúa impune.

Sobre la negativa de la CEAV para reparar el daño a las víctimas indirectas, que además de los padres de Paolo se consideran a sus hermanos y sobrinos, la organización Idheas señaló que el tribunal consideró inoperantes los argumentos de la comisión, al intentar justificar su dilación y graves omisiones por la pandemia de Covid-19 y con la extinción del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, toda vez que la reparación debe proceder de los fondos propios de la institución a partir de los lineamientos para el otorgamiento de los recursos para estos casos.

Hernández Romero expuso que ante el incumplimiento generalizado por parte de la CEAV a la normativa que la rige, esta sentencia es importante para impulsar el caso de Paolo y otros más que se encuentren en cumplimiento o deficiencias luchando en contra de estos malos manejos o actuares de la comisión.