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Se dividirán por igual los lugares para colocar propaganda política
 
Periódico La Jornada
Sábado 20 de marzo de 2021, p. 29

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) remitió al Instituto Electoral de la ciudad de México (IECM) el catálogo de lugares de uso común, en total 131, que podrán ser utilizados por los partidos políticos para colocar propaganda y que serán distribuidos mediante sorteo entre los 11 institutos locales, las ocho personas que cumplieron con el porcentaje de firmas requeridas para contender por alcaldías en candidaturas sin partido y 10 más para diputaciones del Congreso local.

Corresponderá a los 33 consejos distritales realizar dichos sorteos a más tardar durante la última semana del mes en curso, bajo los criterios contenidos en el acuerdo que aprobó ayer el Consejo General del organismo en sesión extraordinaria. Las campañas electorales empiezan el 4 de abril, que es cuando los partidos y candidatos podrán desplegar su propaganda.

Se entiende por lugares de uso común los que son propiedad del Gobierno de la Ciudad de México, los bienes abandonados o mostrencos, mamparas que se establecieron en el número que determine el Consejo General, previo acuerdo con las autoridades de la capital o los lugares que los particulares pongan a disposición del Instituto Electoral que son susceptibles de ser utilizados para colocar o fijar propaganda electoral, precisa el documento.

Aclara que no se podrán utilizar para pegar propaganda materiales adhesivos que dañen el mobiliario urbano, como engrudo, pegamento blanco, cemento o cualquier elemento que dificulte su remoción.

Agrega que dichos lugares no se cuentan como gastos de campaña, salvo los insumos y los servicios que los partidos o personas candidatas sin partido contraten para pintar, elaborar o fijar la propaganda, que sí deberán reportarse en los informes correspondientes.

Los criterios para el reparto de lugares de uso común establecen que corresponderá a los consejos distritales analizar los lugares para determinar la posibilidad de fraccionarlos, a fin de distribuirlos por igual entre partidos y candidaturas independientes y en caso de que las divisiones no puedan quedar en partes iguales para todos, se seccionará en el número que se acuerde por consenso de los integrantes del consejo distrital.