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Niña exige a la SCJN el derecho a cambiar su apellido
 
Periódico La Jornada
Lunes 6 de julio de 2020, p. 14

Una niña que fue abandonada por su padre biológico pelea en tribunales el derecho a cambiar su primer apellido y usar el del actual esposo de su madre, a quien reconoce como figura paterna en su entorno familiar. Su caso está programado para resolverse esta semana en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Andrea Bravo Ruiz nació del matrimonio entre Bárbara y Eugenio, quienes poco después se divorciaron. Cuando la pequeña tenía 5 años de edad, su madre contrajo segundas nupcias, con Gabriel Mendieta.

En 2012, Eugenio dejó de visitar a su hija y de cumplir con la manutención, por lo cual la niña comenzó a identificar al nuevo esposo de su madre como figura paterna; tanto, que en 2018 comenzó un juicio para adoptar como propio su apellido.

Los nombres de todos los implicados en este caso fueron cambiados en el expediente para proteger su identidad y los derechos de la menor.

Sin precedente

La lucha legal comenzó en un juzgado familiar de la Ciudad de México, donde fue rechazada con el argumento de que ésta no era la vía legal. Aunque el cambio de apellidos es legal en la capital del país, la norma no contempla el caso de que una menor de edad lo solicite.

El caso llegó hasta la SCJN, donde el miércoles próximo está previsto que se vote un proyecto de sentencia elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el que se propone otorgar amparo a la menor. Gutiérrez basa su propuesta en los derechos a la identidad, al nombre, a vivir en familia, al interés superior de niños, niñas y adolescentes, así como a la prerrogativa de la menor a ser escuchada si se afecta su esfera de interés. La decisión se justifica porque existe una identificación predominante de la infante con el apellido Mendieta como parte de su identidad relacional; entonces, se deberá ordenar que en el acta de registro se asiente dicha modificación, sin que esto implique cambio de filiación.

Para no perder la filiación, el nombre del padre biológico seguiría apareciendo en el acta de nacimiento de la niña, cuyo apellido paterno será cambiado, si se acuerda procedente en la Suprema Corte, y se dejaría constancia de la decisión jurídica en una nota al margen.