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Proyecto de SCJN prevé negar a Elektra amparo para evadir pago de ISR
 
Periódico La Jornada
Lunes 8 de junio de 2020, p. 11

Grupo Elektra intentó forzar un estado de excepción no previsto en la ley para evadir el pago del impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente a 2013, así lo advierte la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Margarita Ríos Farjat en un proyecto de resolución que se discutirá el miércoles próximo en la primera sala.

Se trata de uno de las decenas de juicios que la empresa ha llevado ante el Poder Judicial Federal y que en su conjunto suman casi 32 mil millones de pesos que adeuda al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por concepto de ISR y diversos créditos fiscales, según reconoce en el reporte anual que presentó ante la Bolsa Mexicana de Valores

En dicho documento también se menciona el caso de un juicio enlistado para resolverse esta semana en la SCJN, cuyo monto es de 3 millones 78 mil 721 pesos, el cual se generó por los conceptos de inventario acumulable y pérdidas fiscales, más actualización, recargos y multas.

Acumula recursos en contra

Contra el pago, Grupo Elektra interpuso un recurso de revocación, luego una demanda de nulidad, una solicitud de aclaración de sentencia y, al final, un amparo; todos los cuales fueron resueltos en su contra, hasta que llevó el caso a la SCJN.

Ante la primera sala, la ministra Margarita Ríos Farjat propone negar el amparo, luego de advertir que Grupo Elektra pretendió argumentar la fusión de algunas de sus compañías subsidiarias para justificar el no pago del ISR; sin embargo, se le responde que la ley respectiva vigente en la fecha de los hechos no le otorga tal beneficio.

El proyecto de sentencia señala que Grupo Elektra intenta forzar un estado de excepción no previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2007. Es decir, aspira a acceder a un supuesto no previsto en la ley.

La ministra señala que la empresa quejosa argumenta en su apelación temas de constitucionalidad que no fueron planteados en su demanda de amparo, por lo cual no pueden ser abordados por la SCJN, además de que argumentaron temas de legalidad que son inoperantes, pues son ya cosa juzgada.