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Condonan rentas a locatarios del Metro
 
Periódico La Jornada
Sábado 18 de abril de 2020, p. 30

El gobierno capitalino condonará el pago de la renta de abril y mayo a los comerciantes de los locales ubicados dentro de las estaciones del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, que suspendieron sus actividades a principios de este mes por la emergencia sanitaria.

La medida aplicará para quienes se encuentren al corriente en su pago al mes de marzo de 2020 y será para módulos, espacios y locales comerciales cuyo giro comercial corresponda a actividades no esenciales.

De un aproximado de 3 mil locales del STC, 85 por ciento suspendió actividades desde el 2 de abril y ellos son quienes se beneficiarán con el acuerdo publicado en la Gaceta Oficial; el resto son giros relacionados con el sector farmacéutico, laboratorios clínicos, servicios financieros, abarrotes y venta de alimentos empacados de origen.

También se anunció la condonación total en el pago de derechos por suministro de agua de los ejercicios fiscales entre 2015 y 2020, así como los recargos y sanciones a contribuyentes con inmuebles en 71 colonias de Iztapalapa.

Esta resolución no se aplicará a usuarios no domésticos ni a las dependencias, entidades, órganos político administrativos y autónomos de la administración pública, según corresponda al régimen federal, estatal o de la Ciudad de México.

Tampoco procederá cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal. Los beneficios no otorgan a los contribuyentes el derecho a devolución o compensación alguna y se aplicarán a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre.

Además, se otorgará un subsidio fiscal de 50 por ciento en el pago de las tarifas que correspondan a los derechos de conexión, reconstrucción o reducción o cambio de lugar de tomas domiciliarias en terrenos tipo I y II con diámetro de 13 milímetros y para la instalación de medidores de 13 milímetros.

Para eso será necesario que los servicios se presten en inmuebles clasificados con uso doméstico y no doméstico (mixto) situados en manzanas de tipo popular o baja, en términos del Código Fiscal de la Ciudad de México.