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Javier Duarte solicita el beneficio de prisión domiciliaria; el juez se declara incompetente
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de marzo de 2020, p. 5

El ex gobernador de Veracruz Javier Duarte de Ochoa promovió una demanda de amparo ante un juez federal con el propósito de obtener el beneficio de la prisión domiciliaria; sin embargo, el impartidor de justicia se declaró incompetente para conocer el asunto y lo turnó a un tribunal unitario con el fin de que éste se pronuncie al respecto.

En 2018, Javier ‘N” fue condenado a nueve años de prisión al declararse culpable de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa.

El fin de semana pasado, el ex gobernador presentó la demanda de garantías ante el juzgado segundo de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México, en la cual reclama la resolución del 31 de enero de este año, en la que un juez de control ratificó el fallo del 4 de enero sobre la solicitud de sustituir la medida cautelar.

En esa ocasión el juez de control Juan Carlos Ramírez Benítez ratificó que Duarte de Ochoa permanezca preso, ya que no han variado las condiciones económicas y materiales que dieron origen a que se decretara prisión preventiva justificada ante la posibilidad de que se evadiera si se le concedía la modificación de las medidas cautelares.

En tanto, un tribunal colegiado en materia penal del primer circuito admitió a trámite la prueba que ofreció Karime Macías Tubilla, ex esposa de Duarte, para comprobar actos de tortura durante el proceso que se le sigue en México y reiteró que no se pronunciará hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva si ejerce la facultad de atracción que solicitó la quejosa.

La Corte recibió el viernes pasado la petición de Macías Tubilla, pero aún no asigna el caso para su estudio a alguno de los ministros. En el acuerdo de admisión a trámite, refiere que “se solicita a este alto tribunal ejerza su facultad de tracción para conocer el recurso de reclamación 8/2020… interpuesto en contra de la sentencia del 21 de octubre de 2019”, por el primer tribunal colegiado en materia penal del primer circuito.