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El padrón presenta fallas graves

El TEPJF anuló las elecciones internas de Morena; debe reponer el proceso en 90 días

Exhorta a no limitar la participación de morenistas

 
Periódico La Jornada
Jueves 31 de octubre de 2019, p. 14

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló ayer las elecciones internas del partido Morena, luego de revocar la convocatoria a su tercer Congreso Nacional Ordinario, donde se definiría la nueva dirigencia de esta fuerza política. Además dio un plazo de 90 días para reponer el procedimiento.

La decisión fue avalada por unanimidad y sin que mediara discusión alguna de los magistrados. Presentes en la sede del órgano jurisdiccional, seguidores de Bertha Luján, aspirante a la presidencia del instituto, protestaron por la determinación. Se ha violentado la autonomía del partido, dijeron al tiempo que el presidente magistrado del TEPJF, Felipe Fuentes, decreto un receso de la sesión. Cuando Luján y sus seguidores salieron del tribunal, se reanudó.

En el proyecto elaborado por el magistrado Indalfer Infante, se argumentó que los términos de la convocatoria afectaron el derecho de las personas al sólo permitir la participación de quienes se afiliaron antes del 20 de noviembre de 2017. Se debió consentir el involucramiento de quienes se inscribieron con posteridad, en terminos de la normatividad interna. Según el artículo 24 de los estatutos, el corte para poder ser parte del proceso electivo debió establecerse 30 días antes de los congresos distritales.

En el dictamen se recordó a Morena que el derecho de autoorganización y autodeterminación no tiene un carácter ilimitado, y en el caso del listado de militantes, no se observa una motivación para establecer una fecha de corte diferente a la que indica el estatuto.

También se argumentó que el padrón de Morena no es confiable, ya que las instancias partidistas no han llevado a cabo su depuración y actualización para garantizar que se incorporen todas las personas con derecho a ello. De igual manera, se señaló que no se ha dado cumplimiento al proceso de credencialización establecido en las normas internas.

Dado lo anterior, se aprobó la revocación de la convocatoria para la elección de la dirigencia de Morena y se dejaron insubsistentes todos los actos llevados a cabo en el procedimiento electoral. Igualmente, se dejo sin efecto la decisión de que el padrón de militantes que participaría en la renovación de los órganos directivos se integre sólo con las personas que se hayan afiliado hasta el 20 de noviembre de 2017. Los magistrados dieron al Comité Ejecutivo Nacional morenista un plazo de 90 días para reponer el proceso electoral y a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia se le ordenó resolver a la brevedad todos los medios de impugnación intrapartidistas relativos a la conformación del padrón y a la militancia de los miembros del partido.

El proceso electoral de Morena se ha caracterizado por la rispidez de la disputa, la cancelación de asambleas distritales e incluso la existencia de actos de violencia en algunas de ellas, además de la judicialización del mismo.