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La libertad de investigación
L

a libertad individual y el desarrollo científico y tecnológico constituyen los logros más significativos de la humanidad en las recientes décadas. Ámbitos de decisión reservados a la Iglesia o al Estado ahora son confiados a la persona, reconociéndole su capacidad para tomar decisiones y hacerse responsable de sus consecuencias. Vida, muerte, salud, sexualidad, preferencias, creencias, son espacios cuya gestión ahora está confiada –principal, pero no exclusivamente– a cada persona. Ninguno de esos espacios se comprende si no es a partir de la libertad. Pero esta conquista cultural ha ido acompañada de otra relacionada con el dominio de la naturaleza. Hoy nadie pone en tela de juicio el exponencial desarrollo de la ciencia y la tecnología, pues nuestra propia vida está inmersa en aquello que nos ofrece; es más, nos conmociona –anhelando o repudiando– lo que anuncia está por venir. En años recientes la ciencia y la tecnología avanzaron más que en cualquier otra etapa de la historia: eventos que solían concluir con la muerte de una persona, actualmente pueden ser controlados sin dificultades; distancias que se medían en metros, hoy se miden en bites; las preguntas sobre la inteligencia animal, hoy se dirigen a la artificial. Así, nos ha tocado vivir un tiempo de libertad, pero también de un impetuoso e irrefrenable avance tecno científico, no siempre orientado hacia el desarrollo humano, sino hacia fines privados, incluso ajenos o francamente contrarios al interés público.

Son innumerables las interrogantes que se han planteado desde la ética, la filosofía de la ciencia, la bioética o la economía; pero conviene dejar apuntada una muy concreta hecha desde el derecho y la política en el contexto mexicano, donde se han anunciado cambios importantes en el sector: ¿cómo ha de intervenir el Estado en el quehacer científico y tecnológico?

Al regular cualquier actividad el legislador debe vencer dos tentaciones de fácil instrumentación práctica: (i) la prohibición absoluta para todos y en toda circunstancia y; (ii) la permisión sin límites ni distinción alguna. Ambas tentaciones –y en ocasiones injustificadas realidades– constituyen absurdos inaceptables. Son obvias las razones para excluir de ellas al quehacer científico y tecnológico; pues de lo contrario no habría desarrollo alguno o, a lo sumo, un avance políticamente adoctrinado; o bien una actividad autorreferencial que no encontraría razones fuera de sí misma. Entonces, ¿cuál es la mejor solución, la más justa?

La respuesta no es nueva, pero hoy parece no ser entendida por algunos pocos o, lo que es peor, es manipulada por algunos otros, también pocos, para convertirla en una especie de estandarte que purifica sus particulares convicciones políticas y motiva la defensa de la ya conocida manera de hacer ciencia en el México neoliberal. Me refiero a la libertad de investigación.

La libertad constituye la joya más preciada para quienes se han entregado al servicio de una causa. ¿Cuál? Vivir para el conocimiento y no sólo del conocimiento. Así, por ejemplo, el profesor y el investigador –actividades que casi siempre son ejercidas por la misma persona porque lejos de ser excluyentes, son complementarias– valoran ante todo la libertad de cátedra y de investigación, pues la libertad es el requisito sine qua non para entregarse con el alma al conocimiento por lo que es en sí mismo. Sin libertad no hay conocimiento, sino adoctrinamiento; sin libertad no hay difusión, sino manipulación.

La Ley de Ciencia y Tecnología (artículo 12, fracción X) protege la libertad de investigación, prevé su regulación y el establecimiento de límites para su ejercicio: por motivos de seguridad, de salud, de ética o de cualquier otra causa de interés público. Asimismo, las propuestas recientes de cambio legislativo señalan que “…en concordancia con diversos instrumentos de Derecho Internacional válidos en México, es necesario garantizar la libertad de investigación, la participación social en el desarrollo científico y tecnológico y el acceso universal a los beneficios derivados del progreso científico y sus aplicaciones...”.

En este sentido, el Estado mexicano debe intervenir en el quehacer científico y tecnológico promoviendo, respetando y garantizando la libertad de investigación sin ceder a presiones que desfiguren la auténtica identidad de tan noble actividad. Será fundamental que la renovación jurídica que se avizora asuma la libertad de investigación en congruencia con el derecho constitucional a acceder a los beneficios de la ciencia y la tecnología, y prevea mecanismos adecuados para hacer efectivo su ejercicio y lograr que las autoridades cumplan con las obligaciones respectivas, todo ello sin desvincular el desarrollo científico y tecnológico del bienestar social y el cuidado del medio ambiente.

* Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM y miembro del SNI