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No habrá asambleas constitutivas durante periodos vacacionales del INE
 
Periódico La Jornada
Domingo 30 de junio de 2019, p. 13

Las organizaciones interesadas en constituirse en partidos políticos deberán abstenerse de realizar sus asambleas constitutivas durante los periodos vacacionales del Instituto Nacional Electoral (INE), que comprenden un total de 20 días hábiles.

Ello de acuerdo a las modificaciones aprobadas el pasado martes, por el Consejo General del INE, al instructivo de operación que deben seguir las agrupaciones.

Para compensar ese tiempo en el que no podrán hacer asambleas dada la ausencia de funcionarios del órgano electoral que certifiquen su validez, el consejo amplio el plazo para llevar a cabo las reuniones, de tal manera que se extendió de enero a febrero de 2020, el lapso para solicitar registro como partido político.

Edmundo Jacobo, secretario ejecutivo del INE, explicó que el numeral 16 del instructivo antes de su modificación, establecía que durante los periodos vacacionales, las agrupaciones podían celebrar sus asambleas siempre y cuando avisaran a la autoridad electoral con la debida oportunidad.

Destacó que la disposición era inadecuada, pues para dar cumplimiento a la atribución legal de esta autoridad, de certificar dichas reuniones, no sólo es indispensable la presencia de un servidor público, sino que implica la participación de todo el personal que conforma la junta local o distrital respectiva, así como el acompañamiento de diversas áreas centrales del INE.

Por ello, se decidió cambiar ese numeral, a fin de que durante los periodos vacacionales a que tiene derecho el personal del instituto, las organizaciones ciudadanas se abstengan de efectuar las asambleas mencionadas.

Jacobo Molina precisó que las modificaciones, avaladas por el consejo, no afectarán en modo alguno la fecha del primero de julio de 2020, establecida en el artículo 19, numeral dos de la Ley General de Partidos Políticos, para que el registro de los partidos políticos surta efectos constitutivos.