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La SCJN niega amparo a gremio de Sedesol
 
Periódico La Jornada
Viernes 10 de julio de 2015, p. 18

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo al Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de la Secretaría de Desarrollo Social (SNITSedesol) y cerró la puerta a que los gremios de empleados al servicio del Estado puedan representar a empleados de otras dependencias.

En el caso del SNITSedesol, su dirigente, Gustavo Rivera, pretendía obtener un amparo con el que se le reconociera el derecho de afiliar a trabajadores que a principios del sexenio fueron enviados de la Sedesol a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Los ministros afirmaron que el reconocimiento de sindicatos con ámbito de competencia reducido a una sola dependencia no vulnera el derecho a la libertad sindical, ya que ello no impide que los trabajadores de una dependencia constituyan al interior de ésta los sindicatos que convengan a sus intereses, ni tampoco que los trabajadores de diversas dependencias incentiven la agrupación de sus sindicatos a través de las federaciones que estimen convenientes.

Argumentos de la demanda

En su demanda, el sindicato de la Sedesol argumentó que el artículo 67 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado era contraria a la Constitución y a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre libertad sindical, pero no le dieron la razón.

Es la primera vez que la SCJN considera correctas las limitaciones a la libertad de movimiento de los sindicatos, pues en sentencias anteriores, la Segunda Sala había determinado el derecho a establecer múltiples sindicatos en una sola dependencia, así como múltiples federaciones.