Sociedad y Justicia
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Beneficiados, dueños de vehículos de más de 8 años que pidan amparo: SCJN

Verificentros otorgarán holograma a autos según sus emisiones y no su antigüedad

Ministros de la segunda sala indican que el fallo no contraviene disposiciones de orden público

 
Periódico La Jornada
Viernes 3 de julio de 2015, p. 42

Los dueños de vehículos de más de ocho años, que presenten amparos para que sus autos circulen todos los días, podrán obtener una suspensión definitiva para verificar la unidad y que se les asigne la calcomanía de acuerdo con los contaminantes que emita, no por la antigüedad del mismo.

Así lo determinó la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver la contradicción de tesis 88/2015 entre tribunales colegiados.

Los ministros precisaron que la resolución no significa que el ciudadano obtenga automáticamente el holograma cero o algún otro, el fallo únicamente implica que si cumple con las especificaciones de los niveles de emisión señalados por la autoridad para obtener una determinada calcomanía, el año del vehículo no será impedimento para que ésta le sea asignada.

Los ministros determinaron que los jueces de distrito están facultados para conocer suspensiones en juicio de amparo en los que se reclame la constitucionalidad del Programa de Verificación Vehicular en el Distrito Federal.

La decisión de los ministros favorecería además a los automovilistas de los estados de México, Morelos, Puebla e Hidalgo, los cuales están obligados a verificar sus vehículos en condiciones similares, si presentan el amparo correspondiente.

El otorgamiento de la suspensión, en tanto se resuelve el fondo de las demandas, no afecta el interés social ni contraviene disposiciones de orden público, porque la medida únicamente tendría el efecto de que, previo al pago de los derechos correspondientes, el ciudadano podrá acudir a verificar su vehículo y obtener el holograma que le corresponda, atendiendo el nivel de contaminantes que emita su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio programa, sin atender el año del vehículo, en tanto se resuelve el fondo del juicio de amparo, precisó la Corte.

La obtención de determinado holograma estará siempre condicionada al resultado que arroje el examen técnico a que se somete al vehículo, estableció la sala al subrayar que ello permitirá seguir cumpliendo con el objetivo del programa, que es regular la emisión de contaminantes para la protección del medio ambiente, al tiempo que se respeta el derecho del ciudadano a que se mantengan las cosas en el estado que estaban hasta en tanto el juez resuelve si la norma viola el derecho a la igualdad.