Pendientes de Estado
NotieSe | A fin de cuestionar las casi nulas políticas públicas en materia de derechos sexuales y reproductivos, diversas organizaciones pertenecientes a la Red de Organizaciones Feministas de Seguimiento al Cairo realizaron una sátira política en el Hemiciclo a Juárez de la ciudad de México. En ella exigieron a los gobiernos de todos los estados de la República Mexicana implementar programas integrales de salud sexual y reproductiva; garantizar el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces; eliminar el aborto inseguro y diseñar estrategias intersectoriales encaminadas a prevenir el embarazo no planeado o no deseado durante la adolescencia.
Congreso de Coahuila aprueba el matrimonio igualitario
Al mismo tiempo, la Suprema Corte de Justicia determina inconstitucionales las definiciones de matrimonio y concubinato vigentes en el estado de Sinaloa.
NotieSe | Con 19 votos a favor y uno en contra, el Congreso de Coahuila aprobó, el pasado 1 de septiembre, la modificación del artículo 253 del Código Civil que permite la celebración del matrimonio civil igualitario en la entidad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales de todas las personas.
Dicho artículo amplía su concepción de matrimonio y éste deja de ser la unión entre un hombre y una mujer para ahora definirse como la de dos personas mayores de edad y en pleno uso de sus facultades mentales. Además, permite a los integrantes de las parejas del mismo sexo decidir el orden de los apellidos de sus hijos e hijas.
El gobernador, Rubén Moreira Valdés, promulgó, el 12 de septiembre pasado, un decreto que reconoce dichas modificaciones legales y afirmó que este era el día más importante de su período de gobierno.
Durante el acto, Hilda Téllez Lino, directora general adjunta de quejas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), señaló que esta "decisión genera un México promotor del ejercicio de derechos humanos, decisión que han expresado los poderes federales Ejecutivo, Legislativo y Judicial, para avanzar en una sociedad igualitaria y sin discriminación".
La funcionaria consideró que la aprobación legislativa en Coahuila permite que cada vez más mujeres y hombres puedan ejercer sus derechos, reconociéndoles el derecho a contraer matrimonio con personas del mismo sexo, sin menoscabo de sus garantías sociales y de salud, entre otras.
Ocho días después, el juez segundo del Registro Civil de Coahuila, Víctor Hugo Dávalos Cárdenas, dijo: "Ahora en Coahuila, los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos y gracias a un gobierno del estado que es incluyente; el matrimonio entre personas del mismo género es una realidad". Esto durante la primera unión de la entidad.
Cambios en Sinaloa
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa son inconstitucionales debido a que excluyen a las parejas conformadas por personas del mismo sexo.
La decisión se tomó tras discutirse la resolución del amparo en revisión 263/2014, interpuesto por tres personas homosexuales, quienes consideraron que dichas figuras establecidas en la legislación eran excluyentes.
De esta manera, la Primera Sala otorgó el amparo ante lo expuesto por la ponencia de la ministra Olga Sánchez Cordero, quien consideró que las normas impugnadas son en sí mismas discriminatorias al limitar el matrimonio y el concubinato a parejas heterosexuales, por lo que son contrarias al artículo 1° de la Constitución.
La redacción del artículo 40 del Código Civil señala que el matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada.
Por su parte, el 165 indica que el concubinato es la unión de un hombre y una mujer quienes, libres de matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, han procreado hijos o han vivido públicamente como marido y mujer durante dos años continuos o más.
Resolución de la ONU sobre diversidad sexual
El Consejo de Derechos Humanos solicitò la actualización de un informe en la materia
NotieSe | Con 25 votos a favor, 14 en contra y siete abstenciones, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, en el marco de su 27ª Sesión Ordinaria, aprobó el pasado 27 de septiembre una resolución en la que solicita al Alto Comisionado en Derechos Humanos actualizar el informe sobre los derechos de las personas lésbico, gay, bisexuales, transexuales, travestis, transgéneros e intersexuales (LGBTTTI). Un primer informe fue presentado por la entonces Alta Comisionada, Navy Pillay, en 2012.
De esta manera, a solicitud del Consejo debe agregarse al documento un apartado de buenas prácticas y formas implementadas por algunos países para superar la violencia y la discriminación en la materia, a fin de que sirvan de referente para otras naciones.
La resolución surge ante la "gran preocupación por los actos de violencia y discriminación, en todas las regiones del mundo, que se cometen contra personas por su orientación sexual e identidad de género", y fue posible gracias al apoyo de países como Chile, Brasil, Colombia y Uruguay, que impulsaron su discusión ante el Comité.
Durante su intervención, el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, pidió a los países miembros que no dejen de "levantar la voz" para luchar en contra de la discriminación por motivos de orientación sexual y dijo sentirse "orgulloso" por los pasos que la organización está dando hasta el momento en ese campo.
Estados Unidos respalda los derechos de la diversidad sexual
Por su parte, John Kerry, secretario de Estado de Estados Unidos, aseguró que su país busca avanzar en el reconocimiento de los derechos de la comunidad homosexual en la propia nación y en el resto del mundo, algo en lo que quiere implicarse "personalmente" para contribuir al desarrollo de la paz, la prosperidad y la igualdad en el mundo.
"Es una victoria enorme para la comunidad LGBTTTI global", comentaron por su parte las co-secretarias generales de la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas (ILGA, por sus siglas en inglés), Gloria Careaga y Azusa Yamashita, quienes consideraron que la resolución es la mejor prueba de que la situación está cambiando y avanzando a favor del respeto a sus derechos.
México fue uno de los 25 países que votó a favor de la resolución. También lo hicieron rgentina, Austria, Brasil, Costa Rica, Cuba, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Japón, Perú, Filipinas, Korea, Estados Unidos y Sudáfrica, entre otros.
Ley de infancia incluye sexualidad
El proyecto pasó a la Cámara de Diputados
NotieSe | Las autoridades federales, estatales y municipales se deben coordinar a fin de desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a quienes ejerzan la patria protestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva, establece el apartado V del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aprobada con 110 votos por el Senado de la República.
El mismo artículo contempla adoptar medidas para prevenir embarazos en esta población; asegurar la prestación de servicios de atención médica integral durante el embarazo, parto y puerperio, así como para los hijos o hijas; promover la lactancia materna y garantizar el acceso a métodos anticonceptivos.
Además, se estipula atender de manera especial enfermedades gastrointestinales, respiratorias, epidémicas, cáncer, VIH/sida y otras enfermedades de transmisión sexual, e impulsar programas de información y prevención sobre éstas.
También se establece proporcionar asesoría y orientación sobre el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes, así como a quienes ejerzan la patria protestad, guardia o custodia.
Asimismo, se considera el establecimiento de servicios de salud que atiendan de manera especial a las víctimas de violencia sexual y familiar, y se pide prohibir, erradicar y sancionar la esterilización forzada de niños, niñas y adolescentes y cualquier forma de violencia obstétrica.
En el ámbito educativo, el artículo 58, apartado VIII, contempla promover la educación sexual integral que contribuya al desarrollo de competencias que le permitan a niñas, niños y adolescentes ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.
En el apartado de derecho a la igualdad sustantiva, la Ley contempla que se debe transversalizar la perspectiva de género e implementar acciones específicas para alcanzar la eliminación de costumbres, tradiciones, prejuicios, roles y estereotipos sexistas basados en la inferioridad.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley, la Federación, municipios y estados deben generar políticas públicas al respecto, las cuales deben contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural, ambiental y cívica.
S U B I R
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