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Habilitan a 3 de distrito por falta de norma

Usarán ley de 1971 jueces de ejecución de sentencias
 
Periódico La Jornada
Miércoles 22 de junio de 2011, p. 14

Un informe de la secretaría técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (Setec) revela que hasta el domingo pasado, cuando se cumplió el plazo de tres años que señala la reforma constitucional de 2008 para la entrada de jueces de ejecución de sentencias, sólo 23 entidades han aprobado la Ley de Ejecución de Sanciones, mientras tres ya presentaron la iniciativa respectiva en sus congresos y seis no han hecho ningún trámite.

Esos jueces se encargan de revisar eventuales beneficios a presos –como la preliberación– con sentencia definitiva e inatacable.

A escala federal tampoco se cuenta con la ley correspondiente, por lo que desde el pasado domingo el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) optó por designar a tres jueces de distrito para que desempeñen esos cargos, sólo que utilizarán una legislación que data de la década de los 70.

El Congreso tuvo tres años para emitir la ley reglamentaria para esa reforma constitucional, publicada el 18 de junio de 2008, pero no lo hizo, por lo que los jueces tendrán que basarse en la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, que entró en vigor en 1971.

En la actualidad hay casi 23 mil presos que purgan condenas definitivas por delitos federales. El presidente Felipe Calderón envió al Congreso una iniciativa en materia de reinserción social y ejecución de sanciones en abril pasado, pero no ha sido aprobada por diputados ni senadores.

En tanto, un informe estadístico elaborado por la Setec refiere que 17 estados del país aprobaron las reformas sobre ejecución de sentencia este año, de los cuales nueve lo hicieron en los últimos 19 días.