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La medida suplanta procedimientos del derecho civil, asegura

Decomiso de cuentas bancarias inactivas, atentado contra los más pobres: Mirón
 
Periódico La Jornada
Viernes 25 de febrero de 2011, p. 43

A pocos días de que varios bancos comenzaron a informar a sus clientes de que sus cuentas con más de tres años de inactividad corren el riesgo de ser decomisadas y puestas a disposición de la beneficencia pública se han multiplicado en la web las versiones populares de que esta medida afecta a los más pobres.

Por ejemplo, en el buscador Google la consulta referente a cuentas inactivas y beneficencia arrojaba la noche del martes 23 de febrero cerca de 5 mil resultados, algunos de ellos colocados en blogs y en otros espacios de Internet. También hay decenas de comentarios en las notas que sobre el tema han publicado algunos periódicos.

Por su parte el secretario del Trabajo local, Benito Mirón Lince, declaró que el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, que dice la que las cuentas bancarias que hayan permanecido inactivas durante tres años y no excedan los 300 días de salario mínimo pasen a una cuenta global de las instituciones de crédito y posteriormente a la beneficencia pública, atenta contra el patrimonio de las personas y constituye un riesgo para los trabajadores que en este país son los pequeños ahorradores.

Al referirse a que en la ciudad de México 300 salarios mínimos equivalen a menos de 20 mil pesos, señaló que hay cuentas de 200 mil o 300 mil pesos, donde se puede afectar a mucha gente, pero la norma está dedicada a los que tienen poco, y los que tienen poco en este país son el trabajador y la trabajadora.

Para Mirón Lince se trata de un procedimiento totalmente inadecuado pues mediante esta ley se suplanta todo un procedimiento que podríamos enmarcar en materia civil, porque cómo puede ser que mediante este mecanismo algo que es tuyo de pronto ya no lo sea.

Mencionó que incluso cuando alguien muere intestado y no tiene ningún familiar se sigue un procedimiento en materia civil respecto del cual se tiene que esperar una sentencia. Que diga que se convocó a familiares, que nadie los reclamó, y entonces esos recursos pasan a la beneficencia o al Estado, pero para ello se tiene que llevar a cabo un procedimiento.