Política
Ver día anteriorMartes 11 de octubre de 2022Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
La SCJN invalida una ley que protegía la vida desde la concepción

El Congreso de Aguascalientes excedió sus facultades, fundamentan los ministros

 
Periódico La Jornada
Martes 11 de octubre de 2022, p. 13

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el llamado derecho a la vida, incluido en la Constitución de Aguascalientes el año pasado. A la fecha, 16 estados del país mantienen aún disposiciones similares en sus leyes fundamentales.

El máximo tribunal expulsó del orden jurídico nacional la porción que definía a la persona humana desde su concepción hasta su muerte natural, en el artículo dos de la Carta Magna de dicha entidad.

El ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá explicó que los poderes legislativos estatales no pueden definir la noción de persona alterando el parámetro fundacional de los derechos humanos.

El Congreso de la referida entidad también excedió sus facultades constitucionales al proteger la vida desde la concepción, pues esto es un riesgo significativo contra los derechos constitucionales y convencionales de las mujeres, principalmente, añadió González.

La decisión de la SCJN se fundó en precedentes de casos similares, en los que los ministros también declararon la invalidez del derecho a la vida contenido en las constituciones de Sinaloa, Nuevo León y Veracruz. Al apoyar el proyecto de González, el ministro Javier Laynez explicó que el Legislativo estatal no puede definir el significado de persona, pues eso es parte de las garantías legales, que sólo pueden ser acotadas por el Legislativo federal o mediante convenciones internacionales.

La definición se contrapone a toda una serie de derechos, como el de la autonomía reproductiva, a la salud, y la no discriminación de la mujer, añadió Laynez.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar Morales advirtió que este derecho a la vida es utilizado como pretexto para atentar contra las garantías ciudadanas: en realidad, lo que se está limitando o acotando es el derecho de las personas a la salud, al espaciamiento de sus hijos y a la no discriminación. Eso es lo que, en el fondo, está procurándose con esta norma. La sentencia será efectiva a partir de su notificación al Congreso y al gobierno de Aguascalientes.