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Resolución de la SCJN debe garantizar el libre tránsito, señala ONG
 
Periódico La Jornada
Domingo 5 de junio de 2022, p. 8

La resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que es inconstitucional la revisión migratoria en lugares distintos al de tránsito internacional es un precedente para garantizar el derecho al libre tránsito y eliminar las prácticas de detenciones por perfilamiento racial, así como otros abusos de autoridad, afirmó el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi).

Gretchen Kuhner, directora del organismo, señaló que esas revisiones se dan todos los días en el país y son uno de los factores por los que los migrantes se ven orillados a buscar medios más peligrosos para transitar.

Cuando tienes revisiones migratorias en cualquier punto, desde la frontera sur hasta la norte, la gente que ya entró a México de forma irregular no se pude subir a un autobús y trasladarse porque no sabe en qué momento alguna autoridad también abordará. Esto provoca que paguen a polleros, coyotes y traficantes, expresó.

El 18 de mayo, la Primera Sala de la SCJN resolvió que el procedimiento de revisión migratoria previsto en la Ley de Migración es inconstitucional por ser contrario a los derechos de libre circulación y tránsito dentro del territorio nacional, así como a los de igualdad y no discriminación, debido a que es sobreinclusivo, al no distinguir entre personas nacionales y extranjeras, además de generar impactos diferenciados en comunidades indígenas y afromexicanas.

Kuhner señaló que es un precedente en el sentido de que el Poder Judicial de todos los niveles de México tiene que seguir la sentencia, ya que, explicó, si una persona en contexto de movilidad es detenida en una revisión migratoria en un autobús que circula en territorio nacional puede presentar un amparo, y el juez tendría que decir que lo tienen que dejar en libertad porque dichas revisiones son inconstitucionales.

Indicó que están a la espera de que se difunda el engrose de la disposición de la Corte.