Sociedad y Justicia
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Hasta 20 años de cárcel por plagio al patrimonio cultural de los indígenas

Aprueba el Senado ley que protege sus creaciones artísticas frente al robo de empresas extranjeras y nacionales que obtienen ganancias millonarias

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▲ La reforma permite a las comunidades afectadas presentar denuncias ante la FGR y entablar juicios para lograr una indemnización. En la imagen de junio de 2019, senadores de Morena posan junto a un bordado de Tenango de Doria, Hidalgo, tras la controversia por apropiación en contra de la marca Carolina Herrera.Foto Cuartoscuro
 
Periódico La Jornada
Miércoles 1º de diciembre de 2021, p. 42

Por unanimidad, el Senado de la República aprobó la nueva Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afroamexicanas, que castiga, hasta con 20 años de prisión, a quien reproduzca, copie, imite o se apropie de elementos del patrimonio cultural indígena sin autorización del titular o titulares de los derechos de autor.

La minuta fue turnada a la Presidencia de la República para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación. Luego de un periplo de dos años, finalmente se protegen las creaciones artísticas frente a abusos de corporaciones extranjeras, e incluso empresas nacionales, que roban sus diseños y obtienen ganancias millonarias.

Las comunidades indígenas y afromexicanas ya no estarán indefensas ante esta actitud deleznable de marcas extranjeras que, con toda impunidad, plagian sus textiles, su arte, sin respeto alguno, y mucho menos las indemnizan por el uso de su cultura, de sus símbolos o de sus creaciones, expresó en tribuna el coordinador Ricardo Monreal, autor de esa iniciativa junto con la presidenta de la Comisión de Cultura, Susana Harp.

Con esta ley pretendemos frenar y terminar con esta actitud irregular e inmoral de siglos, agregó.

La reforma, aprobada ayer con 98 votos a favor y cero en contra, permite a las comunidades afectadas presentar denuncias ante la Fiscalía General de la República (FGR) y entablar juicios para lograr la indemnización por el uso indebido de su patrimonio cultural.

Por su parte, la senadora Harp precisó que los afectados también pueden iniciar una querella ante las autoridades administrativas de la Secretaría de Cultura, así como los institutos nacionales del Derecho de Autor y de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

El Senado había aprobado en abril de 2020 la Ley General de Salvaguarda de los Elementos de la Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y Equiparables, modificada en la Cámara de Diputados en abril pasado y que se convirtió en legislación federal, cuando incluso se le cambió el nombre por Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afroamexicanas, y se acordó integrar un registro de público de bienes.

Otra modificación que se hizo fue establecer el concepto de patrimonio cultural en lugar de identidad cultural, al considerar que resultaba de mayor claridad para referirse a las expresiones que se generan desde el mundo indígena y afroamericano.

Harp destacó que decidieron allanarse a esos cambios que hicieron los diputados porque incluye lo medular de la iniciativa aprobada en el Senado y ahora estamos en la posibilidad de entregar a los pueblos y comunidades un instrumento normativo que por fin contribuya a la protección de sus culturas.