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Las empresas podrían enfrentar cargos de delincuencia organizada
 
Periódico La Jornada
Domingo 18 de abril de 2021, p. 7

Con la reforma en materia de outsourcing –que se dictaminará en el Senado–, las empresas podrían enfrentar cargos de fraude fiscal y delincuencia organizada si incumplen en trasladar los bienes de la compañía principal a otra, cuando se hace el cambio del personal, advirtió Ricardo Landero Aramburu, maestro en derecho laboral.

En entrevista, el especialista señaló que la sustitución patronal ha sido una práctica muy común desde hace 18 años para evitar pagar utilidades a los trabajadores y ha dejado a éstos en la indefensión al no poder comprobar la relación laboral con el patrón principal.

Sin embargo, con el cambio en el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), entre otras disposiciones, se abre la posibilidad para que los asalariados gocen de justicia laboral, pues la carga de la prueba corresponderá a la empresa.

El pasado 13 de abril, la Cámara de Diputados aprobó la reforma que regula la subcontratación e implicó cambios a diversas disposiciones, entre ellas a la LFT, Ley del Seguro Social, Código Fiscal de la Federación, y las normas fiscales del ISR e IVA. El dictamen se turnó al Senado para su discusión.

A decir de Landero Aramburu, uno de los temas que no se ha discutido a profundidad de la reforma es el artículo 41 de la LFT, que obedece a los criterios de jurisprudencia que había establecido el Poder Judicial de la Federación, el cual señala que el traslado de los bienes era necesario para que la sustitución patronal fuera legal, mas la mayoría sólo trasladaron personal sin sus obligaciones laborales y de seguridad social. Lo cual es un riesgo delicado para las compañías principales y de subcontratación, porque el trabajador puede demandar las utilidades exhibiendo la carta de sustitución patronal. Esto es aplicable para un empleado en activo o despedido que haya laborado durante los dos últimos años de ejercicio fiscal y no haya prescrito la acción. Precisó el catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México que dicha reclamación sería conforme al texto vigente de la LFT.

Al permitir el outsourcing en servicios especializados, advirtió, sigue latente la posibilidad de que algunos patrones quieran evadir costos. La diferencia es que estará tipificado como delito grave que amerita prisión y, si se hace entre dos o más empresas, pueden enfrentar cargos de delincuencia organizada.

La LFT también se modificó en sus artículos 12, relativo a prohibir la subcontratación, 13, 14, 15 y 304 en su apartado A y B, que implica multas de hasta 4 millones de pesos.