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Se elevaría a rango constitucional la autonomía reproductiva
 
Periódico La Jornada
Jueves 11 de marzo de 2021, p. 3

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados tiene listo un dictamen que debatirá hoy en el que plantea reformas a 24 artículos constitucionales en materia de equidad de género, para establecer la garantía al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía reproductiva y busca proteger los distintos tipos de familia, incluido el formalizado entre personas del mismo sexo.

Además, agrega limitaciones para que no puedan buscar la Presidencia de la República la titularidad de la Fiscalía General de la República, diputaciones federales o ser ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación quienes hayan sido condenados por violencia familiar o doméstica, y establece la paridad en candidaturas a las gubernaturas.

Dentro de la reforma al artículo cuarto para establecer la autonomía reproductiva, en el documento se considera a este concepto como el derecho de una persona a decidir si desea tener hijos o no, con quién y el número e intervalo entre éstos, así como a recibir servicios para acceder al más alto nivel de salud sexual y reproductiva.

Asimismo, protege y garantiza el desarrollo de todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar, incluyendo a las integradas por parejas del mismo sexo, con o sin hijos, que estén bajo la figura de matrimonio, concubinato o alguna otra unión civil, y establece la prevención, sanción y reparación del daño por esterilización involuntaria o forzada.

Dichas propuestas, expuestas por el morenista Porfirio Muñoz Ledo, son parte de las 48 iniciativas presentadas por diputadas y diputados de todos los grupos parlamentarios de las que surge el dictamen.

Frente a la diversidad de iniciativas se perfila en su discusión en Comisiones la oposición principalmente del PAN, así como un intenso debate en el pleno, ya que al tratarse de reformas constitucionales requiere el aval de dos terceras partes de la Cámara.

En cuanto a la regulación sobre la postulación de candidatos a puestos de elección popular, además de la paridad de género ya establecida en la Constitución, especifica que en el caso de las elecciones a gubernaturas que se registren se deberá definir al menos en la mitad de los estados a mujeres como abanderadas.

También subraya que los partidos deberán observar que los candidatos no hayan sido condenados mediante sentencia firme por violencia familiar o doméstica, delitos del orden sexual, y no estar registrado como deudor de pensión alimentaria.

Tanto en el nombramiento de embajadores, cónsules, empleados superiores de hacienda e integrantes de órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, debe aplicarse la paridad de género.