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Buscan que no prescriba la acción penal para delitos sexuales contra menores
 
Periódico La Jornada
Miércoles 23 de septiembre de 2020, p. 33

La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, propuso la imprescriptibilidad de la acción penal para los delitos sexuales cometidos en contra de menores de 18 años.

El Código Penal fija plazos que extinguen la acción punitiva para esos delitos a partir de que la víctima cumple la mayoría de edad.

La iniciativa enviada al Congreso local establece que no prescribirán los delitos de violación, abuso sexual, estupro, incesto, acoso sexual, corrupción de personas, turismo sexual, pornografía, trata de personas, lenocinio y explotación laboral cometidos en contra de menores de edad.

El hecho que los delitos sexuales cometidos a personas menores de 10 años no prescriban propicia que el Estado tenga mayor margen de actuación para la persecución y sanción de dichas conductas, señala la iniciativa en su exposición de motivos, la cual fue turnada ayer a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso local.

Sheinbaum plantea derogar la fracción VI del artículo 108, que señala que el plazo de prescripción de la acción penal para dichos delitos empezará a correr al momento en que el menor de edad que haya sido víctima cumpla 18 años de edad, y adiciona una fracción III al artículo 111, que expresamente dice: cuando la víctima sea menor de 18 años de edad, no prescribirán.

En sesión virtual del pleno se aprobó, además, para ser turnada a la Cámara de Diputados federal, una iniciativa de reforma a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, de la diputada sin partido Leonor Gómez Otegui, que obliga al personal de las corporaciones de policía y fuerzas armadas en acciones de seguridad pública, que al intervenir en manifestaciones públicas utilicen cámaras corporales en el uniforme o equipamiento que permita determinar su actuación ante dicha concentración.

“El material audiovisual recogido por las cámaras corporales –señala la reforma– sólo podrá ser utilizado para acompañar el informe respectivo sobre el uso de la fuerza y verificar el actuar del elemento de policía”.

Se propone en la reforma, una vez que el Legislativo federal la apruebe y se publique en el Diario Oficial, un plazo de un año para que las corporaciones adquieran los dispositivos y hagan uso de ellos.