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Despertar en la IV República

Fraude electoral, delito grave

E

n México, el fraude electoral fue una operación gubernamental que se decidía en Los Pinos. Cuando se acercaban las elecciones presidenciales, el jefe del Estado se reunía con el secretario de Gobernación y con otros personajes, y ahí se decidía el resultado electoral.

Se iniciaba un operativo muy complejo que abarcaba la administración pública e incluía a grandes empresarios que hacían una inversión. En las elecciones para gobernadores, que estaban distanciadas unas de otras a propósito, la operación también se decidía en Los Pinos, el operador era generalmente el gobernador saliente supervisado cuidadosamente por el secretario de Gobernación. Esto duró hasta 2018.

Así que aquellos que queríamos la democracia sabíamos que teníamos que luchar contra el Estado mexicano y sus aliados. Es lógico que el gobierno no permitiera nunca que el fraude electoral, como una conspiración, fuera considerado un delito. Por eso no está en la ley.

El nuevo gobierno se propone acabar con esta costumbre y ha propuesto una reforma al artículo 19 de la Constitución, por la cual se obliga a los jueces a decretar la prisión preventiva oficiosa en aquellos casos en que se utilicen programas sociales con fines electorales. La disposición constitucional se está desarrollando ya en las leyes secundarias y aún tienen que pasar por la Cámara de Diputados. Se trata de una norma polémica.

Es necesario tipificar el fraude electoral. El senador Monreal ya presentó una iniciativa que pretende convertirlo, como conspiración, en un delito grave con pena de hasta 15 años.

El fraude electoral no existe como delito. Existen 15 tipos penales que describían más de 400 conductas. Los delitos están fragmentados con penas muy bajas que dan oportunidad a los delincuentes de obtener fácilmente su libertad. Por lo tanto, es necesario endurecer las penas de estos delitos menores.

El elemento decisivo es la voluntad política del Presidente de la República, del fiscal general y de los titulares de las demás instituciones, de modo que cuando se compruebe que hay irregularidades en la preparación de los procesos electorales se pueda actuar con la misma eficacia que lo hacían los presidentes en el pasado, pero ahora para garantizar el sufragio efectivo.