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Piden empresarios cambios a Ley de Infraestructura y Calidad del T-MEC

Consideran que discrimina a los bienes y servicios nacionales

 
Periódico La Jornada
Miércoles 17 de junio de 2020, p. 16

De la legislación reglamentaria del T-MEC, la más cuestionada por la cúpula empresarial es la Ley de Infraestructura de Calidad, ya que representantes de industriales y comerciantes consideran que discrimina a los bienes y servicios nacionales, establece concesiones gratuitas a terceros países que no son miembros del acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá, pero sobre todo endurece las sanciones por la producción deficiente, que incluyen el cierre de la empresa, arrestos administrativos hasta por 36 horas y multas hasta por 8 millones 340 mil 430 pesos, que podrían duplicarse y alcanzar los 16 millones 680 mil 960 pesos.

Los empresarios e industriales en sus propuestas hechas llegar al Senado, plantean que se mantenga la proporcionalidad de los incrementos económicos de las multas en las fracciones I, II y III del artículo 155 de la ley referida, ya que en el inciso IV se les sancionaría con hasta 30 mil UMA o 2 millones 606 mil 400 pesos, lo que consideran desproporcionado, por lo que proponen la sanción sea de 21 mil UMA, esto es, un millón 824 mil 980 pesos.

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin), la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio (Concanaco), el Consejo Nacional Agropecuario (CNA), entre otros, hicieron llegar documentos al Senado, en los que piden se modifique esa ley, que sustituye a la actual Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en lo que se refiere a sanciones y en diversos rubros.

El artículo 147 de esa ley establece que “si después de verificar un producto o servicio se desprenden deficiencias, si se trata del incumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas o estándares obligatorios, la autoridad competente prohibirá de inmediato su comercialización.

Proponen que se matice, es decir, que se establezca que tal medida se tomará si se trata de una conducta reiterada y cuando se trate de incumplimiento de especificaciones que puedan afectar de manera sustancial los objetivos legítimos de interés público, tales como la salud y la economía de una colectividad, del medio ambiente o algún otro derecho fundamental.

Asimismo, plantean cambios al artículo 154, que precisa que el incumplimiento de las disposiciones de esa ley se sancionará con multa, clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, arresto administrativo hasta por 36 horas. Las organizaciones del CCE proponen que primero haya un apercibimiento y hasta el final la clausura.

Incluso, la Concanaco, advierte: No encontramos ninguna obligación en el T-MEC que sea incompatible con lo establecido en la actual Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, si la hubiera, el tratado estaría por encima de la ley.

Los organismos cúpula del sector privado consideran que tampoco son necesarios los cambios a la Ley Aduanera y expresan cuestionamientos a las reformas al Código Penal, Ley de Propiedad Industrial y de Derechos de Autor.