Editorial
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Urgente, la separación de los tres poderes
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as palabras de la ministra Margarita Ríos-Farjat al incorporarse de manera formal a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dan oportunidad de reflexionar sobre un tema que ha sido objeto de atención en todo el mundo prácticamente desde que el filósofo inglés John Locke (1632-1704) lo hiciera público en su Tratado sobre el gobierno civil, de 1690: la división de poderes.

La razón es que, en la práctica, los tres poderes que componen la gran mayoría de los estados modernos –Ejecutivo, Legislativo y Judicial– con frecuencia superponen, invaden y condicionan recíprocamente sus labores, a pesar de que la función y la jurisdicción de cada uno de ellos están claramente delimitadas.

No es necesario ir demasiado lejos ni remontarse mucho tiempo atrás para encontrar ejemplos de este indeseable fenómeno: en México, hasta hace muy poco, el Legislativo, estrechamente ligado a una figura presidencial que fungía a la vez como líder del partido que lo había llevado a ocupar ese cargo y titular del Ejecutivo, mantenía una perniciosa dependencia de éste. Y en no pocas ocasiones el Poder Judicial, órgano que tiene la responsabilidad de administrar la justicia en el país, tomaba medidas y dictaba resoluciones que parecían atender más a las exigencias del gobierno de turno que a la necesidad de que los litigios se resolvieran de manera justa.

En ambos casos, el resultado conspiraba contra la finalidad de limitar el ejercicio del poder, que es precisamente el objetivo buscado por la separación.Pero no sólo en el ámbito gubernamental se generaban presiones para incidir en el libre accionar de los poderes; desde el momento mismo en que la fórmula lockeana empezó a ponerse en práctica de manera más o menos efectiva, distintos poderes de facto, ligados a intereses particulares, se dieron a la tarea de ejercer presión sobre los miembros de los tres poderes para que influir en las decisiones de éstos.

Aunque ahora la moderna y eufemística terminología política llama a esta práctica cabildeo, se trata de un mismo y antiguo ejercicio: coaccionar a los servidores públicos para obtener beneficios privados. De ahí la conveniencia de resaltar las expresiones de Margarita Ríos-Farjat en el sentido de conservar en todo momento la independencia de la SCJN y desempeñar su labor con total autonomía.

Al manifestar que entiende la autonomía como una forma de ser y se define como una persona autónoma y crítica respecto de todo y a todos, la nueva integrante de la Suprema Corte reivindica una aspiración que por años ha sido la de la gran mayoría de los mexicanos: que el aparato de impartición de justicia, empezando por su máximo organismo, cumpla con su cometido de manera transparente, con verdadera independencia y con el más estricto apego a derecho.

El equilibrio de los tres poderes constituye una salvaguarda para la subsistencia del Estado republicano. Y la independencia de cada uno de ellos respecto de los otros –pero también y especialmente en relación con los intereses privados– resulta esencial para que la población deposite su confianza en un aparato gubernamental al que por mucho tiempo ha mirado con justificado escepticismo.